El Diario delos Libros Azules de Derecho de Familia

Acceso Tienda
Al usar esta web, aceptas la Política de Privacidad y los Términos de uso.
Aceptar
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
Reading: Divorcio notarial: ¿Qué juzgado es competente para su ejecución o para la liquidación de gananciales?
Compartir
0

No hay productos en el carrito.

Notificaciones Mostrar más
Últimas noticias
No hay motivo para dejar sin efecto la custodia compartida
Destacados
No procede la custodia compartida aunque se haya archivado el proceso penal
Tribunal Supremo
La hija utilizó el poder del padre cuando éste carecía ya de entendimiento
Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo reitera que la fijación del régimen de visitas no puede quedar en manos de los profesionales del Punto de Encuentro
Destacados
El padre tiene que demandar por precario a la hija mayor para que se vaya de casa
Principal
Aa
Libros azulesLibros azules
0
Aa
  • Technology
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
¿Ya tienes una cuenta? Iniciar sesión
Síguenos:
  • Advertise
Los libros azules © 2023 /Todos los derechos reservados

Divorcio notarial: ¿Qué juzgado es competente para su ejecución o para la liquidación de gananciales?

Los artículos 82, 87 y 90 del Código Civil, tras su reforma por Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, permiten a los cónyuges acordar su separación o divorcio de mutuo acuerdo ante el Letrado de la Administración de Justicia o en escritura pública ante Notario acompañando un convenio regulador, con el contenido establecido en el artículo 90 CC. Así se establece en los arts. 82 y 87 del CC.

Entre los problemas que está planteando la nueva regulación, que no contempla las consecuencias de la misma, surgen varias cuestiones de orden competencial: a) el relativo a la competencia judicial para la liquidación de la sociedad de gananciales, cuando disuelto el vínculo por la escritura pública, no se lleva a cabo la liquidación notarial, b) la de ejecución de los acuerdos aprobados en sede notarial, y c) la solicitud de diligencias preliminares para preparar el inventario.

Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.

También te puede interesar

¿Pedir alimentos para los hijos menores por vía del 158 del CC? Ni hablar

¿Liquidación de gananciales de mutuo acuerdo en el Juzgado?

Se cumple el requisito de procedibilidad

El Tribunal Constitucional revisará la obligatoriedad de los MASC en derecho de Familia

Prescripción del derecho de reembolso de los cónyuges frente a la sociedad de gananciales

TAGGED: Cuestiones procesales, Ejecución de sentencias, Sociedad de gananciales
admin 18 de junio de 2023
Compartir este artículo
Facebook Twitter Email Print
Artículo anterior El padre padece dificultades mentales y por ello las visitas deben ser restringida y supervisadas
Next Article El pago de Abogado, Procurador y Perito abonados en defensa de bienes privativos genera un crédito de la sociedad frente al cónyuge
Nuevo libro

Próxima aparición


Newsletter

Suscríbete para recibir los Newsletters blue de Los Libros Azules de Derecho de Familia

Gracias por suscribirte!

Términos y condiciones | Política de Privacidad y Cookies | Aviso legal

Los libros azules © 2026 / Todos los derechos reservados

Removed from reading list

Undo
Welcome Back!

Sign in to your account

Lost your password?