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Custodia compartida y relaciones entre los progenitores

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TSJ de Cataluña, Sentencia de 3/3/2010. Ponente: Sr. Ramos Rubio.

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Comentario: La buena relación entre los progenitores no puede extremarse hasta el punto de exigir una armonía prácticamente imposible de obtener tras cualquier crisis matrimonial. El TSJ de Cataluña en su sentencia de 3 de marzo de 2010 atribuye la custodia compartida por semanas a ambos progenitores, además de fijar una pensión alimenticia de 1.600 euros mensuales a cargo del padre. La exigencia de que exista buena relación entre los progenitores para la concesión de la custodia compartida no puede extremarse hasta el punto de hacer depender este modelo de custodia de una armonía prácticamente imposible de obtener tras cualquier crisis matrimonial.

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TAGGED: Guarda y custodia
admin 5 de enero de 2012
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