Inclusión en el activo de las cuotas de leasing pagadas con dinero ganancial constante la sociedad de gananciales para la adquisición de bienes privativos, sin que proceda diferenciar la parte de la cuota correspondiente a la carga financiera (intereses) de la que corresponde a la recuperación del coste (cuota de amortización), aunque a efectos fiscales se haga esa diferenciación.
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