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Si existen hijos menores, debe atribuírseles siempre el uso de la vivienda

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Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 26/04/2012. Ponente: Sra. Roca Trías

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Comentario: Existiendo menores de edad, la atribución del uso de la vivienda familiar les corresponde a ellos, sin que pueda entrar a valorarse si el interés del progenitor no custodio es el más necesitado de protección.

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TAGGED: Vivienda familiar
admin 4 de enero de 2013
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