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Tribunal Supremo

Si no hubo convivencia familiar en la vivienda, no puede atribuirse el uso a la madre y al hijo

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Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 31/5/12. Ponente: Sra. Roca Trías.

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Comentario: Al no haber existido convivencia familiar en el domicilio privativo del padre, no puede atribuirse el uso a la madre y al hijo, ya que estos ocuparon la vivienda tras la ruptura y por un acto de mera tolerancia del padre.

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TAGGED: Uniones de hecho, Vivienda familiar
admin 4 de enero de 2013
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