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No se puede revocar la custodia compartida sin motivar las razones por las que se deshecha este modelo de custodia.

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Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 8/10/2010. Ponente: Sra. Roca Trías

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Comentario: El Tribunal Supremo da un toque de atención a las Audiencias Provinciales: no se puede revocar la custodia compartida acordada por el Juzgado sin motivar las razones por las que se deshecha este modelo de custodia. Ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial que otorgó la custodia a la madre dejando sin efecto la custodia compartida acordada por la sentencia del juzgado sin motivar las razones por las que desechaba la custodia compartida.

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TAGGED: compartida, Cuestiones procesales
admin 4 de enero de 2013
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