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Con un año de pensión compensatoria es suficiente

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Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 27/06/12. Ponente: Sra. Roca Trías

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Comentario: La esposa tiene la cualificación de profesora de EGB y además realiza trabajos de restauradora de obras de arte, por lo que debe limitarse a un año el periodo de percepción de la pensión compensatoria pues siendo ya las hijas mayores de edad, está en aptitud de obtener sus propios ingresos e independencia económica. Además, ha transcurrido ya un periodo de tiempo suficiente para adecuarse a la nueva situación familiar en la que sin duda tendrá que hacer frente por sus propios medios y aptitudes a sus necesidades.

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TAGGED: Pensión compensatoria
admin 4 de enero de 2013
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