La donación voluntaria del patrimonio por parte de la exesposa a favor de los hijos con reserva de usufructo la ha privado de la facultad de disposición necesaria para liquidar su caudal y corregir por sí misma el desequilibrio. Ante esta alteración sobrevenida de circunstancias (arts. 100 y 101 CC), la Sala reduce ponderadamente la pensión de 3.000 a 2.000 euros mensuales. Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.
