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Actualidad

INDIA: los vientres de alquiler se acaban

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Una modificación legal de Junio pasado exige que el Cónsul Español certifique que tal práctica (la subrogación) es legal en España; y que no se lleve a cabo en favor de homosexuales, solteros extranjeros o parejas en cuyos países esté proscrita esta práctica.

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Jorge A. Marfil y Pedro González Poveda.

Marfil Abogados.

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Para los ciudadanos de países en los que las gestaciones en vientres de alquiler están prohibidas, como España (Ley 14/2006, de 26 de Mayo, artículo 10), las posibles soluciones venían proporcionadas acogiéndose a aquellos otros en los que sí está permitida: algunos estados de Estados Unidos, Ucrania, Israel, Georgia, etc., y en India.

Hasta hoy, las parejas españolas con menor capacidad económica viajaban a India, en vez de a California, y contrataban una madre de alquiler a la que, con semen propio o ajeno a la pareja contratante, mayoritariamente se la fertilizaba o bien se le implantaba un embrión con el que la gestante no compartía material genético alguno, y, tras la normal gestación y alumbramiento, el Estado Español proporcionaba pasaportes a los niños así nacidos, concediéndoles nacionalidad española por nacimiento, obviando con ello la restricción del artículo 10 anterior. Tales menores venían a España y sin ninguna dificultad ya contaban con inscripción y nacionalidad inobjetables.

Hasta aquí todo era perfecto para las parejas españolas demandantes: acudían a India, y por un coste que –se anunciaba- no superior a los 25.000 $ USA, se venían con su/s hijo/s y hasta con los billetes de avión incluidos. La práctica parece indicar que el coste sobrepasaba el doble, pero aún así se seguían llevando a cabo.

En los últimos días, y aquí está la gran noticia, es que se ha sabido que el Gobierno Indio ha decidido limitar tales facilidades y ello desde una modificación legal de Junio/2013 que acabamos de conocer, y que exige: que el Cónsul Español certifique que tal práctica (la subrogación) es legal en España; y que no se lleve a cabo en favor de homosexuales, solteros extranjeros o parejas en cuyos países esté proscrita esta práctica.

Todo esto se reguló en Junio pasado pero lo hemos sabido ahora. Más aún, en Agosto actual, estudiando la legislación India, hemos constatado que existe una proposición de Ley por la que la subrogación se va a limitar hasta tal punto que sólo se permitirá si una de las partes contratantes es india o tiene ancestro indio. Parece claro que ya no es un destino fiable para españoles, si es que alguna vez lo fue.

Pero, ¿qué pasa con los niños recién nacidos bajo la permisión anterior, y con los que actualmente se están gestando en esos vientres legalmente alquilados antes de junio pasado? No nos consta que en la modificación operada en Junio haya ninguna Disposición Transitoria que regule estas eventualidades, por los que tales bebés recién nacidos y los que están a punto de llegar en los próximos días/semanas/meses no tienen posibilidad de salir libremente de India. ¿Soluciones?. Desde aquí invitamos a cualquier colega que haya tramitado estos asuntos en ese país para que nos cuente su experiencia.

En la International Academy of Matrimonial Laywers (IAML) se ha creado un grupo de trabajo –en el que España está representada-, que junto con la poderosa American Academy of Assisted Reproductive Technology (AAART) está estudiando planteamientos armonizadores y homogéneos con el fin de proporcionar seguridad a esa persona o pareja, heterosexual o no, que desea tener un hijo. El objetivo principal es solventar y evitar problemas como el que estamos relatando u otros derivados del posible no reconocimiento de filiación respecto de sus padres (progenitores que dejan de serlo) cuando estas parejas viajan entre determinados países del mundo. Es un proyecto muy ambicioso y que, en definitiva, pretende salvaguardar los Derechos del Niño.

Con fecha 30 de Agosto hemos leído en la prensa que el Gobierno Indio, habida cuenta la presión ejercida por estos padres que contrataron de buena fe en base a una Ley permisiva, ha permitido la salida de hijos nacidos por estas prácticas de individuos contratantes españoles. Confiamos en que igual trato van a recibir los futuros bebés que en estos momentos son gestaciones en curso.

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TAGGED: Filiación
admin 28 de diciembre de 2013
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