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La madre no está en precario: el matrimonio construyó la casa en una parcela propiedad del padre del esposo

El art. 361 CC no atribuye automáticamente la propiedad de lo construido al dueño del suelo, sino que la supedita al ejercicio de la opción y al pago de la indemnización calculada conforme a los criterios de los arts. 453 y 454 CC.

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TAGGED: Vivienda familiar
admin 4 de diciembre de 2020
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