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La madre no tiene que pagar pensión alimenticia

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Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 10/2/2014. Ponente: Sr. Seijas Quintana

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Comentario: Como en el convenio regulador no se fijó pensión a cargo de la madre, no habiéndose producido un cambio de circunstancias, la demanda se desestimó

El padre, que tenía atribuida la custodia de los hijos, interpuso demanda de modificación de medidas definitivas para la madre contribuyese, en concepto de alimentos para los dos hijos habidos en el matrimonio, con 200 euros mensuales para cada uno. La madre se opuso a la demanda.

El Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Molina de Segura (Murcia) dictó sentencia el 2 de noviembre de 2011 declarando la obligación de la madre de pagar al padre, para sus hijos, mientras sean menores de edad, la suma total de 240 euros mensuales, 120 euros por hijo, en doce mensualidades al año, dentro de los cinco primeros días de cada mes.

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TAGGED: Pensión alimenticia
admin 30 de diciembre de 2014
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