El transcurso de tres años desde que se aprobó el convenio regulador es tiempo suficiente para considerar que existe un cambio de circunstancias a fin de evaluar el sistema de custodia más idóneo para los menores. El hijo expresó su deseo de pasar más tiempo con el padre, por lo que procede acordar ya la custodia compartida, a pesar de que el informe del equipo técnico considere que debe instaurarse gradualmente. Las malas relaciones de los progenitores no pueden impedir que se acoja la custodia compartida.
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