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AP Alicante, Sec. 6.ª, Sentencia de 15/01/2014. Ponente
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Comentario: En el año 2007 había donado a la que era su esposa la mitad indivisa de la vivienda, garaje y trastero. En situación de casados, en fecha 18 de enero de 2007 el esposo donó a la esposa en escritura pública su mitad indivisa de las finca registrales nº NUM000 (vivienda en Alicante), nº NUM001 (plaza de garaje) y nº NUM002 (trastero), siendo aceptada y quedando como única propietaria de las referidas fincas su esposa.
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