La Sala Primera confirma la validez de las renuncias a reclamaciones futuras contenidas en los convenios reguladores, señalando que pretender añadir bienes conocidos años después vulnera la buena fe y la doctrina de los actos propios. Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.
