El heredero que poseyó los bienes adjudicados en la partición de herencia en concepto de dueño y durante el plazo legal ha ganado su propiedad por usucapión ordinaria, no pudiendo en consecuencia incluirse dichos bienes en la partición de herencia solicitada por otra heredera (hija extramatrimonial del causante).
Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.