El Diario delos Libros Azules de Derecho de Familia

Acceso Tienda
Al usar esta web, aceptas la Política de Privacidad y los Términos de uso.
Aceptar
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
Reading: Si el padre termina su trabajo a las 10 de la noche hay que descartar la custodia compartida
Compartir
0

No hay productos en el carrito.

Notificaciones Mostrar más
Últimas noticias
El Tribunal Supremo hace uso por primera vez del art. 487.1 de la Lec en un procedimiento de familia
Tribunal Supremo
Se estima la demanda de desahucio por precario interpuesta por el padre frente al hijo mayor de edad para que abandone el domicilio familiar
Tribunal Supremo
En la Sentencia de divorcio el Juez no puede obligar a las partes a someterse a un tratamiento terapéutico
Tribunal Supremo
No puede denegarse la custodia compartida porque un progenitor trabaje y el otro no
Actualidad
La lotería de los MASC: Y el premio gordo se fue a… Almería
Blog
Aa
Libros azulesLibros azules
0
Aa
  • Technology
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
¿Ya tienes una cuenta? Iniciar sesión
Síguenos:
  • Advertise
Los libros azules © 2023 /Todos los derechos reservados

Si el padre termina su trabajo a las 10 de la noche hay que descartar la custodia compartida

Aunque en principio la actividad laboral de un progenitor no es un elemento determinante del modelo de custodia, hay que analizar si la jornada laboral del progenitor va a permitir atender a los hijos en el régimen de custodia compartida que solicita.

En el caso analizado por la AP de Madrid, Sec. 22.ª, Sentencia de 14 de octubre de 2016, se llegó a la conclusión que el trabajo del padre en un club deportivo dando clases de padel hasta las 22 o 23 horas impedía acordar el régimen de custodia compartida.

La Sentencia puso de manifiesto que era la abuela paterna quien se encargaba de los menores, y sin dudar que, en la descrita situación, los hijos se encuentran correctamente atendidos en los períodos en que les corresponde permanecer con su padre, debe recordarse que su cuidado y atención incumbe, de modo prioritario, a los cotitulares de la patria potestad, por lo que si uno de ellos, por unas u otras razones, no puede asumir de modo personal y directo tal cometido, la decisión de los tribunales ha de decantarse en pro de la alternativa que garantice la presencia, en el quehacer cotidiano de la prole, de uno de los progenitores.

En este caso, la custodia se atribuyó a la madre, que desempeña su actividad en una farmacia de su propiedad que explota conjuntamente con su hermana, y tiene la posibilidad de adaptar su jornada de trabajo a la atención personal y directa de los hijos, tanto en horario de mañana, hasta su incorporación al centro escolar, como por las tardes y noches.

 

También te puede interesar

No puede denegarse la custodia compartida porque un progenitor trabaje y el otro no

No siempre puede haber visitas entre el menor y su padre biológico

La Audiencia de Murcia reconoce la paternidad biológica de una bebé nacida por gestación subrogada en el extranjero

No es necesario el MASC para incluir en el pasivo derechos de reembolso

Tras el fallecimiento de la pareja, el conviviente no tiene derecho al uso de la vivienda

TAGGED: compartida
admin 30 de octubre de 2016
Compartir este artículo
Facebook Twitter Email Print
Artículo anterior El Tribunal Supremo matiza su doctrina sobre la recogida y entrega de los hijos cuando los padres residen en distintas ciudades
Next Article Las parejas de hecho no pueden dividir sus bienes mediante un convenio regulador y tienen que acudir obligatoriamente a la escritura pública.
Nuevo libro

Próxima aparición


Newsletter

Suscríbete para recibir los Newsletters blue de Los Libros Azules de Derecho de Familia

Gracias por suscribirte!

Términos y condiciones | Política de Privacidad y Cookies | Aviso legal

Los libros azules © 2025 / Todos los derechos reservados

Removed from reading list

Undo
Welcome Back!

Sign in to your account

Lost your password?