La venta por la esposa de la vivienda que fue familiar y pasó a ser privativa de la misma, no anula la situación de desequilibrio, si bien la mitiga, razón por la cual la Audiencia Provincial fijó una pensión compensatoria, ciertamente moderada, en relación con la capacidad y potencial del que fue su esposo.
Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya es cliente inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.