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No es necesaria la exploración judicial de una menor de 9 años.

Resultaba innecesaria la práctica de la exploración de una menor de 9 años de edad, dado que en el acto del juicio hubo una propuesta consensuada por las partes acerca del otorgamiento de la guarda y custodia a la madre, resultando por otro lado motivada la decisión del juzgado de no practicar dicha prueba.

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TAGGED: Cuestiones procesales, Guarda y custodia
admin 27 de julio de 2015
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