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Hay que fijar régimen de visitas, aunque sea muy restringido y en el punto de Encuentro

La desvinculación total tendría efectos probablemente irreversibles sobre la relación paternofilial, comprometiendo la posibilidad de que el menor conserve, o incluso reconstruya, su identidad relacional con el progenitor.

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Gijón en el juicio inmediato sobre delitos leves acordó atribuir la custodia del hijo menor común a la madre, con un régimen de visitas tuteladas en el Punto de Encuentro Familiar a favor del progenitor, de sábados y domingos de 17:00 a 19:00 horas.

La madre presentó una demanda de medidas paternofiliales y solicitó que no se fijase régimen de visitas

El padre ingresó en prisión el 7 de mayo de 2021 y salió de ella el 30 de octubre de 2021, y desde entonces manifiesta que no ha podido ver a su hijo por habérselo impedido la madre

El Juzgado no fijó régimen de visitas, pero la Audiencia Provincial estableció un régimen de visitas y comunicaciones paternofiliales consistente en dos horas una vez al mes en el Punto de Encuentro Familiar, régimen supervisado y tutelado, máxime teniendo en cuenta la enfermedad que padece el menor, llevándose a cabo en el día y horario a convenir, previa entrevista de los progenitores por parte de dicho Servicio. Además, precisó que si los informes remitidos al Juzgado son favorables y el menor evoluciona satisfactoriamente, las visitas se podrán ampliar a fines de semana alternos, con idéntica duración y manteniendo su carácter tutelado. Para poner fin a tal carácter, además del informe favorable del PEF sobre su evolución, se precisará una nueva valoración pericial psicológica por parte de los profesionales adscritos a los Juzgados de Gijón.

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TAGGED: Régimen de visitas
admin 29 de junio de 2025
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