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Se extingue la pensión alimenticia por considerársele solo padre formal

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Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 8 de junio de 2012. Ponente: Sra. Roca Trías

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Comentario: Aunque se estimó la caducidad de la acción de impugnación de la filiación paterna, en un procedimiento de modificación de medidas se acordó dejar sin efecto la pensión alimenticia pues no pueden mantenerse alimentos a cargo de quien no es padre, aunque por razones de procedimiento no haya podido destruirse la filiación.

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TAGGED: Filiación, Pensión alimenticia
admin 4 de enero de 2013
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