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La jornada laboral de la madre no es motivo para dejar sin efecto la custodia compartida

Que la madre realice su trabajo en jornadas de tres turnos no puede llevar a modificar el sistema de custodia compartida que ambos consensuaron. Al igual que el padre necesita acudir a la familia extensa, la madre tendrá que buscar un cuidador para los periodos en que su jornada laboral sea incompatible con el cuidado de los hijos.

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No puede denegarse la custodia compartida porque un progenitor trabaje y el otro no

No puede legitimarse la actuación de la madre que unilateralmente cambió de residencia junto con el hijo menor

Tras el cambio de custodia la pensión se abona desde la presentación de la demanda

TAGGED: compartida, Guarda y custodia
admin 18 de enero de 2016
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