[box style=”0″]
Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 18/3/2014. Ponente: Sr. Seijas Quintana
[/box]
Comentario: No existe desequilibrio, pero ¿puede fijarse una pensión compensatoria en prevención de que se produzca el despido?
El caso analizado por la Sentencia de Tribunal Supremo de 18 de marzo de 2014 abordó esta cuestión.
La esposa interpuso demanda de juicio de separación solicitándose que se fijase una pensión compensatoria “hasta que ésta alcance la edad legal de jubilación, la cantidad de tres mil euros mensuales que habrán de incrementarse en otros tres mil euros mensuales en caso de que la Sociedad … que controla el esposo y abona los ingresos de D.ª Zaida resolviera su contrato o por cualquier motivo disminuyera o cesara en el pago de su retribución, todo ello en concepto de pensión compensatoria teniendo en cuenta que se produce desequilibrio económico a favor de aquel.
El esposo se opuso a dicha pretensión porque entendía que no existía derecho a la pensión compensatoria.