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La vivienda para el padre, pero deberá pagar una cantidad para gastos de alojamiento del hijo

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TSJ de Cataluña, Sentencia de 28/11/2013. Ponente: Sra. Alegret Burgues

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Comentario: La vivienda familiar se ocupaba en régimen de arrendamiento con opción a compra. Tanto la sentencia del juzgado como la dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona entendieron, respecto de las medidas o efectos de la sentencia de divorcio que, habiendo atribuido, compartida, la guarda y custodia del menor a ambos progenitores, el uso de la vivienda familiar y de los enseres contenidos en la misma, debía ser atribuido al padre, titular del contrato de arrendamiento de la vivienda familiar y de una opción de compra (al parecer no ejercitada) no obstante ser el interés más necesitado de protección el de la madre.

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TAGGED: Vivienda familiar
admin 3 de enero de 2014
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