Denuncian que la exigencia de mediación previa genera «desprotección» y «dilaciones injustificadas» en los derechos de los más vulnerables.
En un movimiento conjunto, la Asociación Profesional de Letrados de la Administración de Justicia (PROLAJ), el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) y los Colegios de Procuradores de Madrid y Barcelona han alzado la voz contra la actual regulación de los Métodos Adecuados de Solución de Controversias (MASC) en el ámbito del derecho de familia.
La negociación, «en el ADN» de la abogacía
El comunicado subraya que los profesionales del derecho ya ejercen una labor negociadora exhaustiva antes de acudir a los tribunales. Los datos del Instituto Nacional de Estadística respaldan esta afirmación: en 2023, el 81,6% de los divorcios y rupturas en España se resolvieron por mutuo acuerdo, una cifra que se mantuvo en el 79,7% durante 2024.
Según las organizaciones firmantes, imponer un MASC por ley no aporta eficiencia al sistema, ya que cualquier acuerdo que afecte a menores requiere, en todo caso, la ratificación obligatoria de una autoridad judicial para ser válido.
Un riesgo para la protección del menor
El punto más crítico de la denuncia reside en la «desprotección» que esta exigencia legal genera sobre los menores y personas con discapacidad. El documento recuerda que los derechos de estos colectivos son materia de «derecho necesario» o ius cogens, lo que significa que no son disponibles ni negociables libremente por las partes.
«La exigencia de acudir a un MASC está provocando una dilación injustificada en obtener la tutela de sus derechos», reza el comunicado, señalando que esto contraviene tanto la Constitución Española como diversos tratados internacionales de protección a la infancia. Esta situación es especialmente grave en casos que requieren medidas provisionales urgentes, donde el tiempo es un factor vital.
Alerta en los conflictos internacionales
El sector jurídico también advierte sobre un peligroso efecto colateral en los asuntos transfronterizos. Actualmente, el inicio de un proceso de MASC no establece la «litispendencia» (la existencia de un proceso judicial en curso). Esto genera un «efecto llamada» para que el demandado pueda alterar la competencia internacional, buscando tribunales de otros Estados que le resulten más favorables antes de que se presente la demanda formal en España.
Petición de reforma legislativa
Ante este escenario, las instituciones han solicitado al Ministerio de Justicia y a los grupos parlamentarios una reforma de la Ley Orgánica 1/2025 (LOMESPJ).
En concreto, han mostrado su respaldo a una proposición de ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco y promovida por la Asociación Española de Abogados de Familia. El objetivo es claro: excluir de la obligación de los MASC a todos los procedimientos que afecten a menores, así como a aquellos de carácter transfronterizo con elementos internacionales.
Los firmantes concluyen que el acceso a la justicia no puede quedar «al albur de la voluntad del demandado», exigiendo requisitos claros que no mermen el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.
