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Sobre los criterios de admisión de recursos de casación en custodia compartida

José Luis Sariego Morillo.

Abogado.

Desde que en el año 2009, el Tribunal Supremo (STS 1ª, 28 de septiembre de 2009) abrió la puerta interpretativa sobre lo que hay que valorar a la hora de establecer el modelo de custodia, y más tarde (SSTTSS de 11 de marzo de 2010, 7, 21 y 22 de julio 2011 y STS de 10 de enero de 2012), estableció la idea principal que, para acordar la custodia compartida o alterna es preciso fundamentarla ”en que sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor”. Esta exigencia, es por tanto inexcusable, y los jueces deben fundamentar su decisión sobre custodia, sobre dicha idea.

Es importante recordar que el Tribunal Supremo ya estableció la prohibición de la arbitrariedad en este tipo de procesos, cuando existen menores implicados y que hay que decidir sobre su superior interés (STS de 1 de octubre de 2010).

A raíz de ello, muchos progenitores se han visto obligados a acudir al Tribunal Supremo a fin de obtener el reconocimiento para sus hijos, del derecho de ser criados y cuidados por ambos progenitores (ex art. 68 CC), como mejor forma de proteger los derechos de aquellos.

Muchos Juzgados de Primera Instancia, olvidan esta Jurisprudencia, y lo que es más grave, muchas Audiencias también lo hacen, produciendo una muy grave incertidumbre e inseguridad jurídica a los ciudadanos, cuando se enfrentan a este tipo de procesos.

Y no sólo es una opinión personal, sino que esta última afirmación es lo mismo que opina el propio Tribunal Supremo en su sentencia de fecha 29 de marzo de 2016 (STS 194/2016), en la que llama la atención a la Audiencia Provincial de Madrid sobre el riesgo que supone para la seguridad jurídica desoír esta jurisprudencia, pues se trata de una materia necesitada de una interpretación homogénea.

Pero y ¿quién se atreve a criticar al Supremo?, sobre todo cuando rechazan recursos fundamentados, mediante autos de inadmisión, que son todos copia o cuasi copia unos de otros.

El Tribunal Supremo según los datos publicados en la página del CGPJ ha estudiado desde junio de 2014 a junio de 2016, 122 recursos de casación que tratan sobre custodia compartida, y han resuelto: admitir 15 recursos y no admitir 107 recursos.

Por lo que las posibilidades reales de que a un ciudadano le admitan un recurso de casación para decidir una custodia compartida es de sólo un 14%.

Pero de esos 15 casos estudiados y admitidos, no todos deciden que lo mejor para los niños sea la custodia compartida.

Si tenemos en cuenta que cada año, grosso modo, se formulan más de 120.000 casos de separación y/o divorcio, y de ellos existen unos 45.600 casos en donde se solicita la custodia compartida de los hijos, tenemos que en estos dos últimos se han producido unos 91.200 (aproximadamente) de procesos judiciales donde se decidía sobre la custodia compartida.

De ello, es fácil deducir que las posibilidades de que a un niño o niña, el supremo le reconozca el derecho de ser atendido y cuidado de forma compartida por ambos progenitores (ex art. 68 C. Civil), en el caso que todos sus casos llegasen al Supremo, es de sólo del 0.016%.

Y ello, es sin contar con el hecho de que muy pocos ciudadanos tienen dinero para poder costearse llegar al Tribunal Supremo.

Sabemos todos, que la Sala Primera del Tribunal Supremo, tiene unas especiales responsabilidades, y que recibe muchos mas casos de los que humanamente (y con la falta de medios que poseen) son susceptibles de ser resueltos, y por ello no podemos exigir a sus miembros mas de lo que hacen, pero si podemos criticar, que quien suscribe, no puede llegar a comprender cómo es posible que unos se admitan y otros no.

Se podrá argumentar en contra que no todos los casos son idénticos en sus argumentos y fundamentos, pero quien escribe este artículo, ha tenido la fortuna de poder presentar mas de 30 recursos de casación en los últimos años, y en los tres de ellos (sobre custodia compartida, en especial) ha hecho la “prueba” de formular el mismo recurso, cambiando tan solo el nombre de los protagonistas, siendo el texto idéntico.

Nuestra sorpresa es que uno ha sido admitido, y otros dos no, siendo además el admitido, resuelto con sentencia favorable a la custodia compartida de una niña.

La pregunta es: ¿Cuál es el criterio de la Sala de admisión de la Sala Segunda del Tribunal Supremo para admitir o no un recurso?

La respuesta es que no lo sé.

Será la propia la alta institución del Estado quien deba explicar todo ello.

A modo de información recopilada a través del servicio Cendoj del CGPJ, vamos a ver todos los autos de admisión y los inadmisión, para comprobar que es lo que está pasando.

Primero, vamos a ver los autos que no han admitido los recursos de casación en temas de custodia compartida, y cuáles son sus motivos para no admitir los recursos, desde el 10 de junio de 2014 hasta hoy, esto es, en los dos últimos años:

107 autos en total publicados:

ROJ: ATS 5060/2014 – ECLI:ES:TS:2014:5060A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 88/2014 — Fecha: 10/06/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: PROCEDIMIENTO DE GUARDA Y CUSTODIA. Recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación contra sentencia dictada en procedimiento tramitado en atención a la materia. Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo la jurisprudencia que se solicita sea fijada, declarada infringida o desconocida por esta Sala (art 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC) y por inexistencia de interés casacional por jurisprudencia contradictoria de Audiencias Provinciales por existir jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo sobre el problema jurídico planteado y pretender una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC 2000).

ROJ: ATS 5320/2014 – ECLI:ES:TS:2014:5320A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 1443/2013 — Fecha: 17/06/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y ALIMENTOS DE MENORES. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación interpuesto por la vía del ordinal 3º y extraordinario por infracción procesal contra sentencia dictada en juicio verbal sobre alimentos y guarda de menores- Inadmisión del recurso por inexistencia de interés casacional por cuanto la aplicación de la jurisprudencia invocada solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión de hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2, 3º LEC).Respecto del recurso extraordinario por infracción procesal, la causa de inadmisión del ordinal 1º del art. 473.2, en relación con la Disposición Final Decimosexta, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC 1/2000.

ROJ: ATS 5141/2014 – ECLI:ES:TS:2014:5141A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: SEBASTIAN SASTRE PAPIOL

Nº Recurso: 1710/2013 — Fecha: 17/06/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación, por interés casacional, contra sentencia recaída en juicio de divorcio, tramitado por razón de la materia. Inadmisión del recurso por inexistencia de interés casacional fundado en la oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, al carecer de consecuencias para la decisión del conflicto, atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida, y omitirse los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º en relación con el art. 477.2.3 LEC).

ROJ: ATS 5619/2014 – ECLI:ES:TS:2014:5619A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: SEBASTIAN SASTRE PAPIOL

Nº Recurso: 236/2014 — Fecha: 01/07/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS: ATRIBUCIÓN DE GUARDA Y CUSTODIA. -Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación al amparo del ordinal 3º del art. 477.2 LEC, contra sentencia dictada en juicio de modificación de medidas , tramitado por razón de la materia. -Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por la carencia de consecuencias para la decisión del conflicto, por cuanto el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico planteado depende de las circunstancias fácticas de cada caso (art.483.2, 3ºLEC). -La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 6914/2014 – ECLI:ES:TS:2014:6914A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO

Nº Recurso: 2061/2013 — Fecha: 02/09/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. RÉGIMEN DE VISITAS Y PENSIÓN DE ALIMENTOS. Recurso de casación, al amparo del ordinal 3º del artículo 477.2 LEC, y extraordinario por infracción procesal frente a sentencia dictada en juicio de divorcio contencioso. Inadmisión del recurso de casación, falta de concurrencia de los supuestos que determinan la admisibilidad del recurso en su modalidad del interés casacional. Inexistencia de interés casacional. La aplicación de la jurisprudencia invocada solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión o variación de los hechos declarados probados (artículo 483.2.3º en relación con el artículo 477.2.3º LEC). Respecto del recurso extraordinario por infracción procesal, la causa de inadmisión del ordinal 1º del art. 473.2, en relación con la Disposición Final Decimosexta, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC 1/2000.

ROJ: ATS 6870/2014 – ECLI:ES:TS:2014:6870A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO

Nº Recurso: 170/2014 — Fecha: 09/09/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.- Recurso de casación contra sentencia recaída en proceso seguido por razón de la materia.- Inadmisión por inexistencia de interés casacional ya que la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del TS invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la AP considere probados (art. 483.2,3.º de la LEC 2000). Se desestima la queja.

ROJ: ATS 6948/2014 – ECLI:ES:TS:2014:6948A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO

Nº Recurso: 149/2014 — Fecha: 09/09/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: PROCEDIMIENTO DIVORCIO CONTENCIOSO. Recurso de casación contra sentencia dictada en procedimiento de divorcio contencioso, tras la reforma operada por Ley 37/2011, al amparo del art. 477.2.3º por interés casacional. Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo (art. 477.2 y art. 483.2.3º ambos de la LEC), por no oponerse a la misma y porque el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico depende de las circunstancias fácticas del caso. Se desestima la queja formulada.

ROJ: ATS 6731/2014 – ECLI:ES:TS:2014:6731A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO

Nº Recurso: 2827/2013 — Fecha: 09/09/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS ADOPTADAS EN SENTENCIA DE DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. INTERÉS DEL MENOR.- Recurso de casación por interés casacional contra sentencia recaída en procedimiento de modificación de medidas definitivas acordadas en sentencia de divorcio.- ADMISIÓN.

ROJ: ATS 7747/2014 – ECLI:ES:TS:2014:7747A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: SEBASTIAN SASTRE PAPIOL

Nº Recurso: 186/2014 — Fecha: 07/10/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO.- CUSTODIA COMPARTIDA-Recurso de casación al amparo del ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC.,contra Sentencia dictada en un juicio de divorcio. Inexistencia de interés casacional por jurisprudencia contradictoria entre Audiencias Provinciales, por existir jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la cuestión planteada y no oponerse la sentencia impugnada a dicha jurisprudencia . Aplicación Ley 37/2011. Se desestima la queja.

ROJ: ATS 7788/2014 – ECLI:ES:TS:2014:7788A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 620/2014 — Fecha: 14/10/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DERECHO DE FAMILIA.- GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.- Recurso de casación por interés casacional en asunto tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional ya que la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del TS invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la AP considere probados (art. 483.2,3.º de la LEC 2000).

ROJ: ATS 8420/2014 – ECLI:ES:TS:2014:8420A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: SEBASTIAN SASTRE PAPIOL

Nº Recurso: 547/2014 — Fecha: 11/11/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS EN RELACIÓN CON LA MENOR, QUE SE FIJARON EL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO. Recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra sentencia dictada en procedimiento de modificación de medidas, al amparo del art. 477.2,3º de la LEC, y art. 469.1.4º de la LEC. Inadmisión del recurso, por causa prevista en el 477.2.3º y art. 483.2, 3º ambos de la LEC, de inexistencia de interés casacional, por cuanto la resolución de los problemas jurídicos planteados dependen de las circunstancias fácticas que se dan en el presente caso. La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal.

ROJ: ATS 8459/2014 – ECLI:ES:TS:2014:8459A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO

Nº Recurso: 690/2014 — Fecha: 18/11/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS: ATRIBUCIÓN DE LA GUARDA Y CUSTODIA. Recurso de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio de modificación de medidas tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por la falta de indicación de la norma sustantiva o de Derecho material infringida, al plantearse como infringida una cuestión de naturaleza adjetiva o procesal (art. 483.2, 2ª LEC); y por inexistencia de interés casacional por la carencia de consecuencias para la decisión del conflicto, por cuanto la aplicación de la jurisprudencia que se cita solo puede llevar a una modificación del fallo mediante la omisión de hechos que la Audiencia Provincial considera probados, y por eludir que el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico planteado depende de las circunstancias fácticas de cada caso (art. 483.2, 3º LEC).

ROJ: ATS 8466/2014 – ECLI:ES:TS:2014:8466A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO

Nº Recurso: 1963/2013 — Fecha: 18/11/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DERECHO DE FAMILIA.- GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.- Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación por interés casacional en asunto tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional ya que la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del TS invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la AP considere probados (art. 483.2,3.º de la LEC 2000).- La inadmisión del recurso de casación determina la del recurso extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª párrafo segundo de la LEC).

ROJ: ATS 8690/2014 – ECLI:ES:TS:2014:8690A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO

Nº Recurso: 1095/2014 — Fecha: 02/12/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación por interés casacional y extraordinario por infracción procesal contra sentencia recaída en juicio de divorcio contencioso.- Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita se declare infringida (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC) y por inexistencia de interés casacional porque la alegación de oposición a la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo carece de consecuencias para la decisión del conflicto, atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida y porque solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la sentencia recurrida declara probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC 2000). Inadmisión del recurso por infracción procesal, como consecuencia de la inadmisión del recurso de casación (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, LEC 2000).

ROJ: ATS 8692/2014 – ECLI:ES:TS:2014:8692A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: SEBASTIAN SASTRE PAPIOL

Nº Recurso: 2076/2013 — Fecha: 02/12/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. ALTERACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación por interés casacional contra sentencia recaída en juicio de modificación de medidas tramitado en atención a la materia conforme a lo dispuesto por la Ley 37/2011- Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo la jurisprudencia que se solicita sea fijada, declarada infringida o desconocida por esta Sala (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC) y por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados y porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada carece de consecuencias para la decisión del conflicto atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC 2000).

ROJ: ATS 8672/2014 – ECLI:ES:TS:2014:8672A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO

Nº Recurso: 218/2014 — Fecha: 02/12/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS.- GUARDA Y CUSTODIA DE LOS HIJOS MENORES.- Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra sentencia dictada en procedimiento de modificación de medidas, tras la reforma operada por Ley 37/2011, al amparo del art. 477.2.3º por interés casacional. Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo (art. 477.2 y art. 483.2.3º ambos de la LEC), por no oponerse a la misma y porque el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico depende de las circunstancias fácticas del caso.- Inadmisión del recurso extraordinario por infracción procesal al concurrir la causa de inadmisión contemplada en el art. 473.2.1º, en relación con la mencionada Disposición final decimosexta, apartado 1, párrafo primero y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC.- Se desestima la queja formulada.

ROJ: ATS 8724/2014 – ECLI:ES:TS:2014:8724A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO

Nº Recurso: 390/2014 — Fecha: 23/12/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: FAMILIA. VERBAL DE ADOPCIÓN DE MEDIDAS PATERNO FILIALES Y ECONÓMICAS POR CESE DE CONVIVENCIA EN PAREJA DE HECHO.- Recurso extraordinario por infracción procesal, y de casación por interés casacional contra sentencia recaída en proceso verbal especial de adopción de medidas, tramitado en atención a su materia.- Inadmisión del recurso de casación, por inexistencia del interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque la jurisprudencia invocada, solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido, mediante la omisión total o parcial de los hechos que la audiencia provincial ha considerado probados (art. 483.2.3º en relación con el art. 477.2.3 LEC).- La improcedencia del recurso de casación determina que deba inadmitirse el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto (art. 473.2 en relación con la Disposición final 16ª apartado 1, párrafo primero y regla 5 párrafo segundo, de la LEC 2000).

ROJ: ATS 8748/2014 – ECLI:ES:TS:2014:8748A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 975/2014 — Fecha: 23/12/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DE DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación por interés casacional y extraordinario por infracción procesal contra sentencia recaída en juicio de modificación de medidas.- Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita se declare infringida (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC) y por inexistencia de interés casacional porque la alegación de oposición a la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo carece de consecuencias para la decisión del conflicto, atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida y porque solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la sentencia recurrida declara probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC 2000). Inadmisión del recurso por infracción procesal, como consecuencia de la inadmisión del recurso de casación (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, LEC 2000).

ROJ: ATS 55/2015 – ECLI:ES:TS:2015:55A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 901/2014 — Fecha: 14/01/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DERECHO DE FAMILIA.- GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.- Recurso de casación por interés casacional en asunto tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional ya que la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del TS invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la AP considere probados (art. 483.2,3.º de la LEC 2000).-

ROJ: ATS 39/2015 – ECLI:ES:TS:2015:39A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 1433/2014 — Fecha: 14/01/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA. DESPLAZAMIENTO AL EXTRANJERO DE LA TITULAR DE LA GUARDA Y CUSTODIA.- Recurso de casación al amparo del art. 477.2, 3º y extraordinario por infracción procesal contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2, 3º, en relación con el art. 477.2.3 LEC) y por falta de indicación en el escrito de interposición de la norma sustantiva infringida (art. 483.2, 2º LEC); La inadmisión del recurso de casación determina la del recurso extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª párrafo segundo de la LEC).

ROJ: ATS 15/2015 – ECLI:ES:TS:2015:15A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 936/2014 — Fecha: 14/01/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación y extraordinario por infracción procesal interpuesto por la vía del ordinal 3º contra Sentencia recaída en juicio seguido por razón de la materia. Inadmisión del recurso por falta de concurrencia de los presupuestos que determinan la admisibilidad de las distintas modalidades del recurso de casación (arts. 477.2 y 483.2.3º de la LEC) por inexistencia de interés casacional dado que el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico planteado depende de las circunstancias fácticas del caso, no oponerse la resolución recurrida a la jurisprudencia de esta Sala y pretenderse, en definitiva, una nueva valoración de la actividad probatoria. La inadmisión del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición Final 16ª, apartado 1º y regla 5ª, párrafo segundo de la LEC 1/2000).

ROJ: ATS 211/2015 – ECLI:ES:TS:2015:211A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 961/2014 — Fecha: 21/01/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS: ALTERACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CIRCUNSTANCIAS.- Recurso de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio sobre modificación de medidas definitivas tramitado por razón de la materia. -Inadmisión del recurso por inexistencia de interés casacional por la carencia de consecuencias para la decisión del conflicto, por cuanto la aplicación de la jurisprudencia que se cita solo puede llevar a una modificación del fallo mediante la omisión de hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art.483.2, 3ºLEC).

ROJ: ATS 229/2015 – ECLI:ES:TS:2015:229A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 730/2014 — Fecha: 28/01/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DEFINITIVAS DE DIVORCIO. CUSTODIA COMPARTIDA. INTERES DEL MENOR. Auto de Admisión.

ROJ: ATS 358/2015 – ECLI:ES:TS:2015:358A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 213/2014 — Fecha: 04/02/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA Recurso de casación por interes casacional en asunto tramitado por razón de la materia. Falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita de la Sala Primera del Tribunal Supremo que se fije (art. 483.2.2 y 481.1 LEC), falta de indicación de norma sustantiva aplicable, al plantear cuestiones de naturaleza procesal (art. 483.2.2º en relación con los arts. 481.1 y 481.3 LEC) e inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del TS (art. 483.2.3º en relación con el art. 477.2.3 LEC). Se desestima la queja.

ROJ: ATS 1009/2015 – ECLI:ES:TS:2015:1009A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 1107/2014 — Fecha: 11/02/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS CONTENCIOSO.- Recurso de casación por interés casacional.- Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita de esta Sala (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC), por falta de expresión por la parte recurrente en el encabezamiento o formulación del motivo de cuál es el elemento, entre los que pueden integrar el interes casacional, en el que se funda la admisibilidad del recurso (art. 483.2.2 y 481.1 LEC), por falta de indicación en el escrito interposición del recurso de norma sustantiva (art. 483.2.2, en relación con el art. 481.1 y 487.3 LEC) y falta de acreditación e inexistencia de interés casacional (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC 2000).

ROJ: ATS 1776/2015 – ECLI:ES:TS:2015:1776A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 377/2014 — Fecha: 18/02/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS: ATRIBUCIÓN DE LA GUARDA Y CUSTODIA. – Recurso de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio de modificación de medidas tramitado por razón de la materia. -Inadmisión del recurso por falta debida claridad expositiva y por falta de la debida justificación del interés casacional por la existencia de jurisprudencia contradictoria entre Audiencias Provinciales (art. 483.2, 2º LEC) y, a mayor abundamiento, por inexistencia de interés casacional por la carencia de consecuencias para la decisión del conflicto, por cuanto el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico planteado depende de las circunstancias fácticas de cada caso (art. 483.2, 3º LEC).

ROJ: ATS 1535/2015 – ECLI:ES:TS:2015:1535A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 158/2014 — Fecha: 11/03/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO: GUARDA Y CUSTODIA. Recurso de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de la materia. -Inadmisión del recurso por inexistencia de interés casacional por la carencia de consecuencias para la decisión del conflicto, por cuanto la aplicación de la jurisprudencia que se cita solo puede llevar a una modificación del fallo mediante la omisión de hechos que la Audiencia Provincial considera probados, y por eludir su razón decisoria o «ratio decidendi» (art. 483.2. 3º LEC).

ROJ: ATS 1547/2015 – ECLI:ES:TS:2015:1547A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 1346/2014 — Fecha: 11/03/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DERECHO DE FAMILIA.- GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.- Recurso de casación por interés casacional en asunto tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional ya que la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del TS invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la AP considere probados (art. 483.2,3.º de la LEC 2000).

ROJ: ATS 1945/2015 – ECLI:ES:TS:2015:1945A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 2062/2014 — Fecha: 18/03/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA: PRETENSIÓN DE GUARDA Y CUSTODIA MONOPARENTAL.- Recurso de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de la materia. – Inadmisión por inexistencia de interés casacional por inexistencia de interés casacional por la carencia de consecuencias para la decisión del conflicto, atendida la razón decisoria o «ratio decidendi» de la sentencia recurrida y por cuanto la sentencias invocadas solo pueden llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión parcial de hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2, 3º LEC); y por falta cumplimiento en el escrito de interposición del recurso de los requisitos para su admisión, por la ausencia de indicación de norma sustantiva o de Derecho material, al citarse como infringida una cuestión procesal (art. 483.2, 2º LEC).

ROJ: ATS 2224/2015 – ECLI:ES:TS:2015:2224A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 2179/2014 — Fecha: 25/03/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DE DIVORCIO. CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación por interés casacional y extraordinario por infracción procesal contra sentencia recaída en juicio ordinario tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita de esta Sala (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC) y por falta de indicación en el escrito interposición del recurso de norma sustantiva (art. 483.2.2, en relación con el art. 481.1 y 487.3 LEC). Inexistencia de interés casacional por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo por omisión de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC 2000). Inadmisión del recurso por infracción procesal, como consecuencia de la inadmisión del recurso de casación (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, LEC 2000).

ROJ: ATS 2266/2015 – ECLI:ES:TS:2015:2266A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 1283/2014 — Fecha: 08/04/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS: GUARDA Y CUSTODIA DE HIJOS MENORES. -Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio de modificación de medidas tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por cuanto aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considere probados (art. 483.2, 3º LEC). -La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 2707/2015 – ECLI:ES:TS:2015:2707A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 38/2015 — Fecha: 22/04/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MATERIA. CUSTODIA COMPARTIDA. Desestimación de la queja. La aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC ).

ROJ: ATS 2988/2015 – ECLI:ES:TS:2015:2988A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 510/2014 — Fecha: 22/04/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: FAMILIA. CUSTODIA COMPARTIDA HIJOS NO MATRIMONIALES. ALIMENTOS. Recurso de casación y extraordinario por infracción procesal, en base al ordinal 3º del art. 477.2 LEC, en sentencia dictada en juicio verbal sobre medidas personales y pensión de alimentos de hijos no matrimoniales, tramitado en atención a su materia. Inadmisión del recurso de casación por falta de justificación del interés casacional alegado (art 483.2.2º LEC en relación con el art. 481.1 LEC), y por inexistencia del interés casacional alegado, porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera invocada, solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la audiencia provincial ha considerado probados (art 483.2.3º LEC en relación con el art. 477.2.3 LEC).-La improcedencia del recurso de casación determina que deba inadmitirse el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto (art. 473.2 en relación con la Disposición final 16ª apartado 1, párrafo primero y regla 5 párrafo segundo, de la LEC 2000).

ROJ: ATS 3389/2015 – ECLI:ES:TS:2015:3389A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 3206/2014 — Fecha: 06/05/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO, RÉGIMEN DE VISITAS DEL MENOR. Recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra sentencia dictada en juicio de divorcio contencioso, al amparo del art. 477.2,3º de la LEC, y art. 469.1,3º y 4º ambos de la LEC. inexistencia de interés casacional por oposición a la doctrina del Tribunal Supremo, en cuanto el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico planteado, esto es, el régimen de visitas, depende de las circunstancias fácticas del caso – art. 477.2 y art. 483.2,3º ambos de la LEC.- La inadmisión del recurso de casación determina la del recurso extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª párrafo segundo de la LEC). Inadmisión.

ROJ: ATS 3707/2015 – ECLI:ES:TS:2015:3707A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 3259/2014 — Fecha: 13/05/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. -Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por desconocer su razón decisoria o «ratio decidendi»; y por desconocer que el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico depende de las circunstancias fácticas de cada caso (art.483.2. 3º LEC). -La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 3433/2015 – ECLI:ES:TS:2015:3433A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 2280/2014 — Fecha: 13/05/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. ALTERACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. INTERÉS DEL MENOR. Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación por interés casacional contra sentencia recaída en juicio de modificación de medidas tramitado en atención a la materia conforme a lo dispuesto por la Ley 37/2011- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada carece de consecuencias para la decisión del conflicto, atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida y porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).-La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 3866/2015 – ECLI:ES:TS:2015:3866A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 59/2015 — Fecha: 20/05/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN MEDIDAS. CUSTODIA COMPARTIDA. Falta de acreditación del interés casacional. La aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC). Se desestima la queja.

ROJ: ATS 3849/2015 – ECLI:ES:TS:2015:3849A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 2767/2014 — Fecha: 20/05/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. Recurso de casación por interés casacional, frente a sentencia dictada en juicio de divorcio contencioso. Inadmisión del recurso por falta de concurrencia de los supuestos que determinan la admisibilidad del recurso en su modalidad de interés casacional. Inexistencia de interés casacional porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).

ROJ: ATS 3910/2015 – ECLI:ES:TS:2015:3910A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 2982/2014 — Fecha: 27/05/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MEDIDAS SOBRE MENORES. PAREJA DE HECHO. Recurso de casación por interés casacional contra sentencia recaída en juicio tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita se declare infringida (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC) y por inexistencia de interés casacional porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la sentencia recurrida declara probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC 2000).

ROJ: ATS 4328/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4328A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 2599/2014 — Fecha: 03/06/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. REQUISITOS PARA SU ADOPCIÓN. INTERÉS DEL MENOR. Recurso de casación por interés casacional contra Sentencia recaída en juicio de divorcio tramitado en atención a la materia conforme a lo señalado por la Ley 37/2011.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados y carecer de consecuencias para la decisión del conflicto atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).

ROJ: ATS 4313/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4313A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 44/2015 — Fecha: 03/06/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MATERIA. CUSTODIA COMPARTIDA. Desestimación de la queja. La aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).

ROJ: ATS 4292/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4292A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 2288/2014 — Fecha: 03/06/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. INTERÉS DEL MENOR. INFORME DEL EQUIPO PSICOSOCIAL. VALOR PROBATORIO. Recurso de casación por interés casacional contra sentencia recaída en juicio de modificación de medidas tramitado en atención a la materia conforme a lo dispuesto en la Ley 37/2011.- Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el escrito de interposición del recurso de norma sustantiva (art. 483.2.2º, en relación con los arts. 481.1 y 487.3 de la LEC) y por inexistencia de interés casacional en tanto que la jurisprudencia invocada carece de consecuencias para la decisión del conflicto, atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida y porque la aplicación de la jurisprudencia invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).

ROJ: ATS 4730/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4730A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 2772/2014 — Fecha: 17/06/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA CUSTODIA Y ALIMENTOS DE HIJOS MENORES. Recurso de casación contra sentencia dictada en un procedimiento tramitado por razón de la materia. Inadmisión del recurso de casación por falta de cumplimiento de los requisitos del escrito de interposición (artículos 483.2.2º, 477.1 y 481.1 LEC), por mezclar cuestiones jurídicas sustantivas y cuestiones procesales (ajenas al recurso de casación sobre las que no puede versar el interés casacional) y por inexistencia de interés casacional por oposición a la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo (artículos 483.2.3º y 477.2.3º y 3 LEC), porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados y porque la alegación de oposición a la jurisprudencia de la Sala Primera del TS carece de consecuencias para la decisión del conflicto, atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).

ROJ: ATS 4710/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4710A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 388/2015 — Fecha: 17/06/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación contra Sentencia dictada en juicio de divorcio contencioso. Admisión.

ROJ: ATS 4991/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4991A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 1609/2014 — Fecha: 24/06/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación y extraordinario por infracción procesal interpuesto por la vía del ordinal 3º contra Sentencia recaída en juicio seguido por razón de la materia. Inadmisión del recurso por falta de concurrencia de los presupuestos que determinan la admisibilidad de las distintas modalidades del recurso de casación (arts. 477.2 y 483.2.3º de la LEC) por inexistencia de interés casacional dado que el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico planteado depende de las circunstancias fácticas del caso, no oponerse la resolución recurrida a la jurisprudencia de esta Sala y pretenderse, en definitiva, una nueva valoración de la actividad probatoria. La inadmisión del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición Final 16ª, apartado 1º y regla 5ª, párrafo segundo de la LEC 1/2000).

ROJ: ATS 4977/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4977A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 3104/2014 — Fecha: 24/06/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO: GUARDA Y CUSTODIA. Recurso de casación al amparo del art. 477.2.3º contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso por inexistencia de interés casacional por la carencia de consecuencias para la decisión del conflicto, por cuanto la aplicación de la jurisprudencia que se cita solo puede llevar a una modificación del fallo mediante la omisión de hechos que la Audiencia Provincial considera probados, y por eludir su razón decisoria o «ratio decidendi» (art. 483.2. 3º LEC).

ROJ: ATS 4956/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4956A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 35/2015 — Fecha: 24/06/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. -Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio verbal sobre adopción de guarda, custodia y alimentos a menor tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional de inexistencia de interés casacional por cuanto la aplicación de la jurisprudencia invocada solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión de hechos que la Audiencia Provincial considera probados y desconocer, en definitiva, su razón decisoria o «ratio decidendi» (art. 483.2, 3º LEC). -La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 4962/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4962A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 3232/2014 — Fecha: 24/06/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. REQUISITOS PARA SU ADOPCIÓN. INTERÉS DEL MENOR. Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación por interés casacional contra Sentencia recaída en juicio de divorcio tramitado en atención a la materia conforme a lo señalado por la Ley 37/2011.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque la aplicación de la jurisprudencia invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados y carecer de consecuencias para la decisión del conflicto atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC). La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 4985/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4985A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 124/2015 — Fecha: 24/06/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. CUANTÍA DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS DEL HIJO MENOR. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación contra Sentencia recaída en juicio de divorcio tramitado en atención a la materia.- Ley 37/2011.- Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita sea fijada, declarada infringida o desconocida por esta Sala (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC) y por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo por falta de cita de dos o más sentencias de la Sala Primera, por inexistencia de interés casacional por jurisprudencia contradictoria de Audiencias Provinciales por no haberse justificado la contradicción entre Audiencias Provinciales e inexistencia de interés casacional por falta de aplicación de norma con vigencia inferior a cinco años y por inexistencia de interés casacional porque la aplicación de la jurisprudencia invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC). Se desestima la queja.

ROJ: ATS 5205/2015 – ECLI:ES:TS:2015:5205A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 2990/2014 — Fecha: 01/07/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS .Recurso de casación por interés casacional y extraordinario por infracción procesal contra Sentencia recaída en proceso de modificación de medidas, tramitado en atención a la materia. Inadmisión del recurso de casación por interposición defectuosa al plantear a través del mismo cuestiones procesales que exceden de su ámbito (art. 483.2.1º, en relación con el art. 477.1 de la LEC)La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 5162/2015 – ECLI:ES:TS:2015:5162A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 2998/2014 — Fecha: 01/07/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. Recurso de casación por interés casacional contra Sentencia dictada en procedimiento tramitado por razón de la materia – Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional ya que la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considere probados (artículos 483.2,3.º, 477.2.3º y 3 de la LEC).

ROJ: ATS 5656/2015 – ECLI:ES:TS:2015:5656A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 43/2015 — Fecha: 08/07/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: JUICIO DE DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.- Recurso de casación por interés casacional contra sentencia recaída en juicio de divorcio.- Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita de esta Sala (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC) y por falta de justificación e inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo por falta de cita de dos o más sentencias de esta Sala, por no justificar la existencia de contradicción jurisprudencial entre audiencias y por alteración de base fáctica y pretender una nueva valoración de la prueba.

ROJ: ATS 5652/2015 – ECLI:ES:TS:2015:5652A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 3103/2014 — Fecha: 08/07/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DEFINITIVAS. Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación por interés casacional contra Sentencia dictada en procedimiento por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por oposición a la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo a tenor los hechos probados a los que atiende la sentencia recurrida (artículos 483.2.3º, 477.2.3º y 3 LEC).- La inadmisión del recurso de casación determinaría en todo caso la del recurso extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª párrafo segundo de la LEC).

ROJ: ATS 6847/2015 – ECLI:ES:TS:2015:6847A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 3222/2014 — Fecha: 09/09/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. Recurso de casación, por interés casacional, y extraordinario por infracción procesal frente a sentencia dictada en segunda instancia en el seno de un juicio de divorcio contencioso. Inadmisión del recurso de casación por falta de concurrencia de los supuestos que determinan la admisibilidad del recurso por interés casacional.

ROJ: ATS 6731/2015 – ECLI:ES:TS:2015:6731A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 75/2015 — Fecha: 09/09/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO. RÉGIMEN DE VISITAS. Falta de acreditación del interés casacional. Se desestima la queja.

ROJ: ATS 6704/2015 – ECLI:ES:TS:2015:6704A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 426/2015 — Fecha: 09/09/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.

ROJ: ATS 6739/2015 – ECLI:ES:TS:2015:6739A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 2100/2014 — Fecha: 09/09/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DERECHO DE FAMILIA.- GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.- Recurso de casación por interés casacional en asunto tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional ya que la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del TS invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la AP considere probados (art. 483.2, 3. º de la LEC).

ROJ: ATS 6853/2015 – ECLI:ES:TS:2015:6853A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 1925/2014 — Fecha: 16/09/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.- Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra sentencia dictada en juicio de modificación de medidas tramitada por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por cuanto aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considere probados (art. 483.2, 3º LEC).-La inadmisión del recurso de casación determina la del recurso extraordinario por infracción procesal (Disposición final 16ª, apartado 1, párrafo primero y regla 5ª, de la LEC).

ROJ: ATS 6913/2015 – ECLI:ES:TS:2015:6913A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 574/2015 — Fecha: 16/09/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: JUICIO DE DIVORCIO. ATRIBUCIÓN DEL DOMICILIO FAMILIAR. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación, por interés casacional, contra sentencia recaída en juicio de divorcio, tramitado por razón de la materia. Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional fundado en la oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, al carecer de consecuencias para la decisión del conflicto, atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida, y omitirse los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º en relación con el art. 477.2.3 LEC). La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 6866/2015 – ECLI:ES:TS:2015:6866A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 324/2015 — Fecha: 16/09/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS .GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación por interés casacional .Inadmisión. Falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita sea fijada, declarada infringida o desconocida por esta Sala (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC). Inexistencia de interés casacional, por oposición a la doctrina jurisprudencial invocada de esta Sala (art. 477.2 y art. 483.2, 3º ambos LEC). Inexistencia de interés casacional ya que la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2 , 3.º en relación con el art. 477.2.3 de la LEC) .

ROJ: ATS 6936/2015 – ECLI:ES:TS:2015:6936A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 143/2015 — Fecha: 16/09/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. Recurso de casación por interés casacional contra sentencia dictada en procedimiento tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por (i) Falta de cumplimiento en el escrito de interposición del recurso de los requisitos establecidos por falta en el escrito de interposición del recurso de la razonable claridad expositiva para permitir la individualización del problema jurídico planteado (artículo 483.2.2.º en relación con los artículos 477.1 y 481.1 y 3 todos de la LEC). (ii) Falta de concurrencia de los presupuestos para la admisión del recurso de casación por interés casacional por falta de justificación e inexistencia de interés casacional por jurisprudencia contradictoria de las Audiencias Provinciales por existir doctrina jurisprudencial de esta Sala e inexistencia de interés casacional por oposición a la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo a la que no se opone la sentencia recurrida si se respetan los hechos declarados por la sentencia recurrida y su razón decisoria, planteando cuestiones no alegadas en apelación (artículos 483.2.3º y 477.2.3º y 3 de la LEC)

ROJ: ATS 7452/2015 – ECLI:ES:TS:2015:7452A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 611/2015 — Fecha: 30/09/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA DE HIJO MENOR DE EDAD. CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación al amparo del ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 contra sentencia recaída en juicio tramitado en atención a la materia. – Inadmisión de un motivo del recurso de casación por falta de indicación en el escrito interposición del recurso de norma sustantiva (art. 483.2.2, en relación con el art. 481.1 y 487.3 LEC). Admisión parcial.

ROJ: ATS 7837/2015 – ECLI:ES:TS:2015:7837A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 7/2015 — Fecha: 05/10/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MEDIDAS SOBRE HIJOS EXTRAMATRIMONIALES. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación por interés casacional contra sentencia recaída en juicio de divorcio.- Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita se declare infringida (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC) y por inexistencia de interés porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la sentencia recurrida declara probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC 2000).

ROJ: ATS 7877/2015 – ECLI:ES:TS:2015:7877A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 1152/2015 — Fecha: 14/10/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.- Recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuesto por la vía del ordinal 3º contra Sentencia dictada en juicio de divorcio contencioso tramitado en atención a la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional ya que el interés casacional que se invoca se hace al margen de la ratio decidendi de la sentencia, esto es, sobre cuestiones que no han sido objeto de debate. La inadmisión del recurso de casación determina la del recurso extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª párrafo segundo de la LEC).

ROJ: ATS 8515/2015 – ECLI:ES:TS:2015:8515A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 735/2015 — Fecha: 21/10/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. CUSTODIA COMPARTIDA Y CUANTÍA DE ALIMENTOS. Recurso de casación y extraordinario por infracción procesal, por interés casacional contra sentencia recaída en juicio de divorcio. Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita de esta Sala (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC), por inexistencia de interés casacional por jurisprudencia contradictoria de audiencias provinciales (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC 2000) por no justificar la existencia de contradicción jurisprudencial entre audiencias y por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque se obvia la ratio decidendi de la sentencia recurrida y la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la sentencia recurrida declara probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC 2000). Respecto del recurso extraordinario por infracción procesal, la causa de inadmisión del ordinal 1º del art. 473.2, en relación con la Disposición Final Decimosexta, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC 1/2000.

ROJ: ATS 8557/2015 – ECLI:ES:TS:2015:8557A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 914/2015 — Fecha: 28/10/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO: CUSTODIA COMPARTIDA. -Recurso de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de la materia. – Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por cuanto aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considere probados (art. 483.2, 3º LEC).

ROJ: ATS 8566/2015 – ECLI:ES:TS:2015:8566A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 171/2015 — Fecha: 28/10/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DE DIVORCIO. PENSIÓN DE ALIMENTOS EN CASO DE CUSTODIA COMPARTIDA. PROPORCIONALIDAD. Recurso de casación por interes casacional y extraordinario por infracción procesal en asunto tramitado por razón de la materia. Falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita de la Sala Primera del Tribunal Supremo que se fije (art. 483.2.2 y 481.1 LEC) e inexistencia de interés casacional (art. 477.2.3 y 483.2.3º LEC) por jurisprudencia contradictoria de audiencias provinciales al no justificar la existencia de contradicción jurisprudencial entre audiencias e inexistencia de interés casacional (art. 477.2.3 y 483.2.3º LEC) por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo por carecer de consecuencias para la decisión del conflicto, atendida la base fáctica de la sentencia recurrida. La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC 2000). Se desestima la queja.

ROJ: ATS 8864/2015 – ECLI:ES:TS:2015:8864A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 887/2015 — Fecha: 11/11/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. REQUISITOS PARA SU ADOPCIÓN. INTERÉS DEL MENOR. Recurso de casación por interés casacional contra Sentencia recaída en juicio de divorcio tramitado en atención a la materia conforme a lo señalado por la Ley 37/2011.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados y carecer de consecuencias para la decisión del conflicto atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).

ROJ: ATS 8874/2015 – ECLI:ES:TS:2015:8874A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 1154/2015 — Fecha: 11/11/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. Recurso de casación por interés casacional contra Sentencia dictada en procedimiento tramitado por razón de la materia – Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional ya que la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considere probados (artículos 483.2, 3. º, 477.2.3º y 3 de la LEC).

ROJ: ATS 8850/2015 – ECLI:ES:TS:2015:8850A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 1159/2015 — Fecha: 11/11/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra Sentencia dictada en procedimiento de modificación de medidas. Admisión.

ROJ: ATS 9193/2015 – ECLI:ES:TS:2015:9193A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 193/2015 — Fecha: 18/11/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA Y ALIMENTOS DE HIJO NO MATRIMONIAL.- Recurso de casación por interés casacional.- Inadmisión del motivo primero del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC); inadmisión del motivo segundo por falta de justificación de la existencia de interés casacional e inexistencia del interés casacional (art. 477.2.3 y 483.2.3º LEC en relación con el art.477.2.3 de la LEC) e inadmisión del motivo tercero por falta de indicación de norma sustantiva (art. 483.2.2, en relación con el art. 481.1 y 487.3 LEC).

ROJ: ATS 9192/2015 – ECLI:ES:TS:2015:9192A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 2493/2014 — Fecha: 18/11/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación interpuesto por la vía del ordinal 3º contra sentencia recaída en juicio seguido por razón de la materia. Inadmisión del recurso por falta de concurrencia de los presupuestos que determinan la admisibilidad de las distintas modalidades del recurso de casación (arts. 477.2 y 483.2.3º de la LEC) por inexistencia de interés casacional dado que el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico planteado depende de las circunstancias fácticas del caso, no oponerse la resolución recurrida a la jurisprudencia de esta Sala y pretenderse, en definitiva, una nueva valoración de la actividad probatoria.

ROJ: ATS 9634/2015 – ECLI:ES:TS:2015:9634A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 1762/2015 — Fecha: 02/12/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA CUSTODIA Y ALIMENTOS DE HIJO MENOR. Recurso de casación al amparo del ordinal 3º del artículo 477.2 LEC, contra sentencia dictada en un proceso tramitado por razón de la materia. Inadmisión del recurso de casación por (i) Falta de cumplimiento de los requisitos del escrito de interposición por no expresar con la claridad necesaria en el encabezamiento o formulación de cada uno de los motivos cuál es el elemento de los que integran el interés casacional en que se fundan, ni cuál es la concreta doctrina jurisprudencial que solicita que la Sala fije o declare infringida o desconocida por la sentencia recurrida (artículos 483.2.2º, 477.1 y 481.1 y 3 LEC). (ii) Falta de cumplimiento de los presupuestos para su admisión por falta de justificación e inexistencia de interés casacional por jurisprudencia contradictoria de Audiencias Provinciales y por inexistencia de interés casacional por oposición a la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo, porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados y eludiendo su ratio decidendi (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).

ROJ: ATS 9633/2015 – ECLI:ES:TS:2015:9633A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 2006/2015 — Fecha: 02/12/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: ADOPCIÓN DE MEDIDAS PATERNO FILIALES. GUARDA Y CUSTODIA DE HIJO MENOR. Recurso de casación por interés casacional contra Sentencia dictada en procedimiento tramitado por razón de la materia – Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por oposición a la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo (artículos 483.2.3º y 477.2.3º y 3 LEC), porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados y eludiendo la ratio decidendi de la sentencia recurrida (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).

ROJ: ATS 10059/2015 – ECLI:ES:TS:2015:10059A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 248/2015 — Fecha: 09/12/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MATERIA. CUSTODIA COMPARTIDA. Desestimación de la queja. La aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).

ROJ: ATS 10005/2015 – ECLI:ES:TS:2015:10005A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 1096/2015 — Fecha: 16/12/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO: GUARDA Y CUSTODIA. -Recurso de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de la materia- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por cuanto aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considere probados (art. 483.2, 3º LEC).

ROJ: ATS 10231/2015 – ECLI:ES:TS:2015:10231A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 2319/2015 — Fecha: 16/12/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación contra sentencia recaída en juicio de divorcio tramitado en atención a la materia.- Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo la jurisprudencia que se solicita sea fijada, declarada infringida o desconocida por esta Sala (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC), por cita de preceptos heterogéneos que genera la existencia de ambigüedad sobre la infracción alegada (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC), y por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque la aplicación de la jurisprudencia invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC)y por inexistencia de interés casacional por jurisprudencia contradictoria de Audiencias Provinciales (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).

ROJ: ATS 10225/2015 – ECLI:ES:TS:2015:10225A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 2243/2015 — Fecha: 16/12/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. ALTERACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CIRCUNSTANCIAS. – Recurso de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio de modificación de medidas tramitado por razón de la materia. – Inadmisión del recurso por inexistencia de interés casacional por la carencia de consecuencias para la decisión del conflicto, por cuanto la aplicación de la jurisprudencia que se cita solo puede llevar a una modificación del fallo mediante la omisión de hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2, 3º LEC).

ROJ: ATS 25/2016 – ECLI:ES:TS:2016:25A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 1537/2015 — Fecha: 13/01/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO: CUSTODIA COMPARTIDA. -Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio verbal sobre divorcio, tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por cuanto la aplicación de la jurisprudencia invocada solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión de hechos que la Audiencia Provincial considera probados y desconocer, en definitiva, su razón decisoria o «ratio decidendi» (art. 483.2, 3º relación con el art. 477.1 LEC). -La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 183/2016 – ECLI:ES:TS:2016:183A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 1313/2015 — Fecha: 20/01/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación por interés casacional contra sentencia dictada en procedimiento tramitado en atención a la materia. Inadmisión del recurso de casación por planteamiento de cuestiones de naturaleza procesal (art. 483.2.2º LEC, en relación con el art. 481.1 LEC) y, en todo caso, por inexistencia de interés casacional porque la aplicación de la jurisprudencia invocada solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión de hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2, 3º LEC).

ROJ: ATS 62/2016 – ECLI:ES:TS:2016:62A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: ANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO

Nº Recurso: 2410/2015 — Fecha: 20/01/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Enfrentamiento entre los padres. Existencia de denuncia penal por coacciones.

ROJ: ATS 452/2016 – ECLI:ES:TS:2016:452A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 1986/2015 — Fecha: 27/01/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DE DIVORCIO. CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación por interés casacional y recurso extraordinario por infracción procesal contra sentencia recaída en juicio tramitado por razón de la materia. Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita se declare infringida (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC), por falta de indicación en el escrito de interposición del recurso de norma sustantiva (art. 483.2.2º en relación con los arts. 481.1 y 487.3 LEC) y por inexistencia de interés casacional porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la sentencia recurrida declara probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC 2000). Inadmisión del recurso por infracción procesal, como consecuencia de la inadmisión del recurso de casación (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, LEC 2000).

ROJ: ATS 456/2016 – ECLI:ES:TS:2016:456A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA

Nº Recurso: 2490/2015 — Fecha: 27/01/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS ACORDADAS EN DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA DEL HIJO DECLARADO INCAPAZ CON PATRIA POTESTAD PRORROGADA DE AMBOS PROGENITORES. Recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra sentencia dictada en procedimiento de modificación de medidas al amparo del art. 477.2.3º LEC. Inexistencia de interés casacional: Motivo 1º: por falta de indicación de norma sustantiva (art. 483.2.2º en relación con los arts. 481.1 y 483.3 LEC) y porque la aplicación de la jurisprudencia invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados; motivo 2º: y la jurisprudencia de la Sala invocada carece de consecuencias para la decisión del conflicto atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).- La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 623/2016 – ECLI:ES:TS:2016:623A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA

Nº Recurso: 232/2015 — Fecha: 03/02/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DE DIVORCIO. VISITAS. INTERÉS DEL MENOR. Recurso de casación por interés casacional y extraordinario por infracción procesal en asunto tramitado por razón de la materia. Falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita de la Sala Primera del Tribunal Supremo que se fije (art. 483.2.2 y 481.1 LEC), por cita de preceptos heterogéneos que genera la existencia de ambigüedad sobre la infracción alegada (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC) e inexistencia de interés casacional (art. 477.2.3 y 483.2.3º LEC) por jurisprudencia contradictoria de audiencias provinciales al no justificar la existencia de contradicción jurisprudencial entre audiencias e inexistencia de interés casacional (art. 477.2.3 y 483.2.3º LEC) por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo por carecer de consecuencias para la decisión del conflicto, atendida la base fáctica de la sentencia recurrida. La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC). Se desestima la queja.

ROJ: ATS 1643/2016 – ECLI:ES:TS:2016:1643A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA

Nº Recurso: 1373/2015 — Fecha: 02/03/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. CONDENA POR DAÑOS AL PROGENITOR. -Recurso de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de la materia- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional porque el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico planteado depende de las circunstancias fácticas de cada caso (art. 483.2, 3º LEC).

ROJ: ATS 2270/2016 – ECLI:ES:TS:2016:2270A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: ANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO

Nº Recurso: 2958/2015 — Fecha: 16/03/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO.- GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA Y PENSION DE ALIMENTOS.- Recurso de casación por interés casacional contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de materia – Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por cuanto la aplicación de la jurisprudencia invocada solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados y eludiendo su ratio decidendi (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).- La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 1884/2016 – ECLI:ES:TS:2016:1884A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 3299/2015 — Fecha: 16/03/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: CUSTODIA COMPARTIDA. Recursos de casación y extraordinario por infracción procesal, contra sentencia dictada en procedimiento de medidas paterno-filiales -guarda y custodia-, al amparo del art. 477.2.3º LEC y art. 469.1.2º y 4º LEC.

ROJ: ATS 2384/2016 – ECLI:ES:TS:2016:2384A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: ANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO

Nº Recurso: 2133/2015 — Fecha: 30/03/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: CUSTODIA COMPARTIDA. Recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada en procedimiento sobre medidas de guarda y custodia y alimentos de la menor, al amparo del art. 477.2.3º LEC. Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional pues el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico planteado, depende de las circunstancias fácticas que se dan en el presente caso, y porque la aplicación de la jurisprudencia invocada de la Sala solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión parcial de los hechos que la Audiencia ha considerado probados -art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC-. La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 2347/2016 – ECLI:ES:TS:2016:2347A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 316/2015 — Fecha: 30/03/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA Recurso de casación contra Sentencia dictada en juicio verbal, tramitado por razón de la materia. Inadmisión por alegar infracción de art. 14 de CE y valoración de la prueba ( art. 483.2.2º en relación con el art. 477.1 de la LEC). Se desestima la queja.

ROJ: ATS 2366/2016 – ECLI:ES:TS:2016:2366A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 3419/2015 — Fecha: 30/03/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA. INTERES DEL MENOR. -Recurso de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de la materia- Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional, por cuanto aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2, 3º LEC).

ROJ: ATS 2316/2016 – ECLI:ES:TS:2016:2316A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 1183/2015 — Fecha: 30/03/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO CUSTODIA COMPARTIDA. Recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra sentencia dictada en divorcio contencioso, al amparo del art. 477.2,3º LEC, y art. 469.1,2º y 4º LEC.

ROJ: ATS 2872/2016 – ECLI:ES:TS:2016:2872A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 274/2015 — Fecha: 06/04/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DE DIVORCIO. CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación por interés casacional en asunto tramitado por razón de la materia. Falta de traslado de copias. Falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita de la Sala Primera del Tribunal Supremo que se fije (art. 483.2.2 y 481.1 LEC), por falta de indicación en el escrito interposición del recurso de norma sustantiva (art. 483.2.2, en relación con el art. 481.1 y 487.3 LEC) y por inexistencia de interés casacional (art. 477.2.3 y 483.2.3º LEC). Se desestima la queja.

ROJ: ATS 3102/2016 – ECLI:ES:TS:2016:3102A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA

Nº Recurso: 288/2015 — Fecha: 13/04/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CON MEDIDAS. Recurso de casación contra sentencia dictada en un proceso de divorcio con medidas, tramitado en atención a su materia. Es inadmisible el recurso de casación, por inexistencia del interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque la jurisprudencia de la Sala Primera invocada, solo pude llevar a una modificación del fallo recurrida mediante la omisión total o parcial de los hechos que la audiencia provincial ha declarado probados (artículo 483.2.3º Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con el artículo 477.2.3 Ley de Enjuiciamiento Civil). Se desestima la queja.

ROJ: ATS 3271/2016 – ECLI:ES:TS:2016:3271A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 303/2015 — Fecha: 20/04/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DE DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita de la Sala Primera del Tribunal Supremo que se fije (art. 483.2.2 y 481.1 LEC) y por inexistencia de interés casacional (art. 477.2.3 y 483.2.3º LEC). Se desestima la queja.

ROJ: ATS 3295/2016 – ECLI:ES:TS:2016:3295A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA

Nº Recurso: 279/2015 — Fecha: 20/04/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DEFINITVAS. Recurso de casación al amparo del ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC contra sentencia recaída en procedimiento seguido en atención a la materia. Se estima la queja.

ROJ: ATS 3393/2016 – ECLI:ES:TS:2016:3393A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 3316/2015 — Fecha: 25/04/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. -Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación al amparo del art. 477.2, 3º contra sentencia dictada en juicio de modificación de medidas tramitado por razón de la materia. – Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por cuanto la aplicación de la jurisprudencia invocada solo puede llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión de hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2, 3º LEC). -La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC).

ROJ: ATS 3394/2016 – ECLI:ES:TS:2016:3394A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 3016/2015 — Fecha: 25/04/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO.- Recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación por interés casacional contra sentencia dictada en un juicio tramitado por razón de la materia. – Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por oposición a la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico depende de las circunstancias fácticas de cada caso, y la aplicación de la doctrina jurisprudencial invocada sólo podría conllevar una modificación del fallo mediante una nueva valoración de la prueba (artículo 483.2.3º y 477.2.3º y 3 LEC) – La inadmisión del recurso de casación determina la del recurso extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª párrafo segundo de la LEC).

ROJ: ATS 3745/2016 – ECLI:ES:TS:2016:3745A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: ANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO

Nº Recurso: 3551/2015 — Fecha: 04/05/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DEFINITIVAS. Recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación por interés casacional contra sentencia dictada en un juicio tramitado por razón de la materia. – Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por depender la solución el criterio aplicable para la resolución del problema jurídico de las circunstancias fácticas de cada caso, y la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo podría conllevar una modificación del fallo previa modificación de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (artículo 483.2.3º y 477.2.3º y 3 LEC).- La inadmisión del recurso de casación determina la del recurso extraordinario por infracción procesal (art. 473.2, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª párrafo segundo de la LEC).

ROJ: ATS 3761/2016 – ECLI:ES:TS:2016:3761A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 258/2015 — Fecha: 04/05/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: FAMILIA.- MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DE HIJOS MENORES. Queja.- Recurso de casación contra sentencia recaída en proceso especial de modificación de medidas respecto de los hijos menores, tramitado en atención a su materia. – Inadmisión del recurso de casación por inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC ). Se desestima la queja.

ROJ: ATS 3748/2016 – ECLI:ES:TS:2016:3748A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 62/2016 — Fecha: 04/05/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recursos de casación por interés casacional y extraordinario por infracción procesal contra sentencia recaída en autos de divorcio contencioso, tramitado por razón de la materia. Se desestima la queja por: a) Indicación de dos modalidades de interés casacional, al invocar la existencia de jurisprudencia contradictoria entre Audiencias Provinciales cuando existe jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo sobre el problema jurídico planteado; b) Inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados (art. 483.2.3.º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).- Se desestima la queja.

ROJ: ATS 3728/2016 – ECLI:ES:TS:2016:3728A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 3719/2015 — Fecha: 04/05/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MEDIDAS SOBRE MENORES. CUSTODIA COMPARTIDA. INTERÉS DEL MENOR. Recurso de casación por interés casacional contra sentencia recaída en juicio tramitado por razón de la materia.- Inadmisión del recurso de casación por falta de indicación en el encabezamiento del motivo de la jurisprudencia que se solicita se declare infringida (art. 483.2.2º en relación con el art. 481.1 de la LEC) y por inexistencia de interés casacional (art. 477.2.3 y 483.2.3º LEC) porque la aplicación de la jurisprudencia invocada solo pueda llevar a una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la sentencia recurrida declara probados (art. 483.2.3º, en relación con el art. 477.2.3 de la LEC).

ROJ: ATS 4036/2016 – ECLI:ES:TS:2016:4036A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA

Nº Recurso: 2777/2015 — Fecha: 11/05/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE CUSTODIA QUE SE APROBÓ POR CONVENIO ENTRE LAS PARTES. Recurso de casación contra sentencia dictada en procedimiento de modificación de medidas, al amparo del art. 477.2.3 LEC. Inadmisión del recurso por inexistencia de interés casacional, pues la oposición a la jurisprudencia de la Sala que ha sido invocada carece de consecuencias para la decisión del conflicto atendidas las circunstancias fácticas que se dan en el presente caso y atendida la ratio decidendi de la sentencia recurrida (art. 483.2.3º en relación con el art. 477.2.3 LEC).

Veamos ahora los autos de admisión desde en el mismo lapso de tiempo, que son solo 15 asuntos, o quince familias, las que han merecido el estudio de su caso por la Sala Primera del Tribunal Supremo:

ROJ: ATS 5593/2014 – ECLI:ES:TS:2014:5593A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO

Nº Recurso: 890/2014 — Fecha: 01/07/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: CUSTODIA COMPARTIDA; Recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra sentencia dictada en juicio de divorcio contencioso, al amparo del art. 477.2,3º, y 469 de la LEC. ADMISIÓN.

ROJ: ATS 6731/2014 – ECLI:ES:TS:2014:6731A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO

Nº Recurso: 2827/2013 — Fecha: 09/09/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS ADOPTADAS EN SENTENCIA DE DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. INTERÉS DEL MENOR.- Recurso de casación por interés casacional contra sentencia recaída en procedimiento de modificación de medidas definitivas acordadas en sentencia de divorcio.- ADMISIÓN.

ROJ: ATS 8520/2014 – ECLI:ES:TS:2014:8520A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: SEBASTIAN SASTRE PAPIOL

Nº Recurso: 1768/2014 — Fecha: 02/12/2014

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. INTERES DEL MENOR.- Recurso de casación al amparo del art. 477.2.3º de la LEC frente a sentencia dictada en procedimiento de divorcio contencioso. Admisión

ROJ: ATS 229/2015 – ECLI:ES:TS:2015:229A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 730/2014 — Fecha: 28/01/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DEFINITIVAS DE DIVORCIO. CUSTODIA COMPARTIDA. INTERES DEL MENOR. Auto de Admisión.

ROJ: ATS 4710/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4710A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 388/2015 — Fecha: 17/06/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación contra Sentencia dictada en juicio de divorcio contencioso. Admisión.

ROJ: ATS 5822/2015 – ECLI:ES:TS:2015:5822A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 891/2015 — Fecha: 15/07/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. -Recurso de casación al amparo del ordinal 3º del art. 477.2 LEC contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de la materia. -Admisión.

ROJ: ATS 6827/2015 – ECLI:ES:TS:2015:6827A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ

Nº Recurso: 2205/2014 — Fecha: 16/09/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDIA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación contra Sentencia dictada en juicio ordinario sobre divorcio contencioso. Admisión.

ROJ: ATS 8519/2015 – ECLI:ES:TS:2015:8519A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 1225/2015 — Fecha: 21/10/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DE DIVORCIO. CUSTODIA COMPARTIDA DEL MENOR. Auto de Admisión.

ROJ: ATS 8231/2015 – ECLI:ES:TS:2015:8231A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 2392/2014 — Fecha: 28/10/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. -Recurso de casación al amparo del art. 477.2, 3º LEC contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de la materia.- Admisión.

ROJ: ATS 8674/2015 – ECLI:ES:TS:2015:8674A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 2443/2015 — Fecha: 04/11/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. INTERES DEL MENOR. -Recurso de casación al amparo del ordinal 3º del art. 477.2 LEC contra sentencia dictada en juicio de divorcio tramitado por razón de la materia. -Admisión.

ROJ: ATS 8850/2015 – ECLI:ES:TS:2015:8850A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Nº Recurso: 1159/2015 — Fecha: 11/11/2015

Tipo Resolución: Auto

Resumen: GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra Sentencia dictada en procedimiento de modificación de medidas. Admisión.

ROJ: ATS 244/2016 – ECLI:ES:TS:2016:244A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: ANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO

Nº Recurso: 1694/2015 — Fecha: 27/01/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: CUSTODIA COMPARTIDA: ATRIBUCION DEL DERECHO DE USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR.- Recurso de casación al amparo del ordinal 3º del art. 477.2 LEC, contra sentencia dictada en juicio de modificación de medidas, tramitado por razón de la materia. -Admisión.

ROJ: ATS 490/2016 – ECLI:ES:TS:2016:490A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN

Nº Recurso: 2534/2015 — Fecha: 03/02/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. Auto de Admisión.

ROJ: ATS 3098/2016 – ECLI:ES:TS:2016:3098A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA

Nº Recurso: 3282/2015 — Fecha: 20/04/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: DIVORCIO CONTENCIOSO. CUSTODIA COMPARTIDA. PENSIÓN DE ALIMENTOS. PAGO DE HIPOTECA. Recursos extraordinario por infracción procesal y casación, contra sentencia dictada en juicio de divorcio contencioso, al amparo del art. 477.2.3º LEC, por interés casacional y al amparo del art. 469.1.2º LEC. Admisión.

ROJ: ATS 4261/2016 – ECLI:ES:TS:2016:4261A

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA

Nº Recurso: 3329/2015 — Fecha: 25/05/2016

Tipo Resolución: Auto

Resumen: LIMITE A LA ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR, EN RÉGIMEN DE CUSTODIA COMPARTIDA. Recurso de casación contra sentencia dictada en divorcio contencioso, al amparo del art. 477.2,3º LEC. Admisión

En un próximo artículo, explicaremos los argumentos que emplea el Supremo para admitir o no un recurso, que en la mayoría de los casos harían imposible su admisisón, siendo inexplicable que se argumente por la Sala de admisión que no se admite un recurso porque hay:

“Inexistencia de interés casacional por oposición a la jurisprudencia del Tribunal Supremo porque la aplicación de la jurisprudencia de la Sala Primera invocada solo puede llevar una modificación del fallo recurrido mediante la omisión total o parcial de los hechos que la Audiencia Provincial considera probados”

Cuando las sentencias que reconocen y aprueban la custodia compartida de los últimos tres años, hace eso, precisamente.

Como abogado de familia, soy incapaz de explicar a los usuarios de la Justicia, esta falta de congruencia o incoherencia de este criterio del Tribunal Supremo que infringe incluso su propio criterio sobre la proscripción de la arbitrariedad en las resoluciones judiciales.

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TAGGED: Guarda y custodia
admin 20 de junio de 2016
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