El Diario delos Libros Azules de Derecho de Familia

Acceso Tienda
Al usar esta web, aceptas la Política de Privacidad y los Términos de uso.
Aceptar
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
Reading: Régimen de visitas por videoconferencia
Compartir
0

No hay productos en el carrito.

Notificaciones Mostrar más
Últimas noticias
La custodia compartida no es idónea cuando existen condenas penales y actitudes vejatorias de un progenitor hacia el otro
Tribunal Supremo
El régimen de visitas no constituye una facultad autónoma del progenitor, sino una institución configurada en interés del menor
Tribunal Supremo
Existe causa para privar al padre de la patria potestad
Tribunal Supremo
Los tribunales españoles asumen la competencia para dividir bienes comunes tras un divorcio dictado en Suiza
Actualidad
Los tribunales cierran la puerta a la conciliación judicial como MASC en procesos de familia con menores
Destacados
Aa
Libros azulesLibros azules
0
Aa
  • Technology
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
¿Ya tienes una cuenta? Iniciar sesión
Síguenos:
  • Advertise
Los libros azules © 2026 /Todos los derechos reservados

Régimen de visitas por videoconferencia

La sentencia del juzgado acogió, en cuanto al régimen de comunicación entre el padre y el hijo, la propuesta que hizo el padre en su escrito de contestación a la demanda: «Mientras el hijo no sea mayor y tenga acceso por sí mismo a un teléfono u ordenador con los que comunicarse libremente con el padre, se propone que la madre o familiar de esta acompañe a Avelino ante el ordenador, con el fin de que el padre pueda mantener una video conferencia con el hijo, durante dos horas semanales, a repartir entre el miércoles (todo el día) y los sábados y domingos por la mañana, tomando las medidas de adaptación necesarias para salvar las diferencias horarias».

La madre recurrió la Sentencia, pero la AP Pontevedra, Sec. 6.ª, en su Sentencia de 11 de abril de 2016 desestimó el recurso.

Señaló la Sentencia que no aporta la recurrente razones de peso suficientes para que haya de modificarse tal régimen (no pretende la recurrente la extinción o supresión del mismo) respecto a las videoconferencias, teniendo en cuenta el interés prevalente del menor. El horario fijado (dos horas semanales) es un horario de máximos (no de mínimos como interpreta la recurrente) y está fijado en consideración al menor, de modo que será en todo momento la decisión y voluntad de este, las que, en definitiva, determinarán la duración o periodo de comunicación, como puede fácilmente deducirse de la referencia de la sentencia a las «medidas de adaptación necesarias». Por ello no tiene fundamento la petición de que no se fije un número mínimo de horas, cuando la sentencia no lo contempla. Y, en orden a la amplitud y generalidad de los horarios (miércoles todo el día y sábados y domingos por la mañana) tampoco tiene fundamento limitar esa específica comunicación a una hora y a un día concreto o preciso. No puede olvidarse que el progenitor no custodio, tributario de la comunicación con el menor, se encuentra en la República Argentina y, por consiguiente, la dificultad que entraña compatibilizar las diferencias horarias entre uno y otro país.

También te puede interesar

El régimen de visitas no constituye una facultad autónoma del progenitor, sino una institución configurada en interés del menor

Los tribunales españoles asumen la competencia para dividir bienes comunes tras un divorcio dictado en Suiza

No proceden las comunicaciones telefónicas cuando el hijo solo tiene cuatro años

El padre prima la relación con su novia antes que sus hijos

Condenan a una clínica de fertilidad por el nacimiento de un niño con una enfermedad genética rara

TAGGED: Régimen de visitas
admin 30 de agosto de 2016
Compartir este artículo
Facebook Twitter Email Print
Artículo anterior El punto de encuentro es traumático para el hijo y debe considerarse una medida transitoria.
Next Article Existe un documento privado liquidando la sociedad de gananciales ¿Qué debo hacer?
Nuevo libro

OFERTA


Newsletter

Suscríbete para recibir los Newsletters blue de Los Libros Azules de Derecho de Familia

Gracias por suscribirte!

Términos y condiciones | Política de Privacidad y Cookies | Aviso legal

Los libros azules © 2026 / Todos los derechos reservados

Removed from reading list

Undo
Welcome Back!

Sign in to your account

Lost your password?