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Si llegaron al acuerdo de que el esposo se quedaría con la vivienda por un determinado precio, hay que respetarlo.

Se desestima la acción de división de cosa común al acreditarse que existía el acuerdo entre las partes de que el inmueble se adjudicase en pleno dominio a uno de los cónyuges y por el precio que pactaron, habiéndose perfeccionado por tanto la compraventa.

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TAGGED: Separación de bienes, Vivienda familiar
admin 18 de enero de 2016
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