Cuando en la liquidación de gananciales se incluyen bienes inmuebles, el documento privado carece de eficacia para modificar la titularidad en el registro de la propiedad, por lo que será necesario bien que se otorgue una escritura pública o se dicte alguna resolución judicial.
Procesalmente dos son las opciones: instar la liquidación de la sociedad de gananciales o bien presentar una demanda de juicio ordinario pidiendo la elevación a público del acuerdo liquidatorio.
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