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Reading: Con 30 años ya ha debido acabarse el periodo de formación del hijo
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Tribunal Supremo

Con 30 años ya ha debido acabarse el periodo de formación del hijo

Estamos ante una conducta acreditada de escaso aprovechamiento escolar de la hija (30 años), sin una previsión cierta de cuándo va a finalizar la fase de formación académica, con posibilidades de incorporación inmediata al mercado de trabajo. Salvo algún episodio de ansiedad que padece en los exámenes, la hija ha podido y ha tenido ocasión de desarrollar un mayor esfuerzo para terminar su carrera, combinándolo o no con un trabajo complementario, dados los escasos recursos y sacrificios de quien le ayudaba a conseguirlo.

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TAGGED: Pensión alimenticia
admin 11 de junio de 2018
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