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Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 28/3/2012. Ponente: Sr. Salas Carceller
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Comentario: Se declara que una finca rústica pertenece a dos personas que mantuvieron una relación sentimental aunque figuraba inscrita exclusivamente a nombre de una sola de ellas, pues se acreditó que la compra se hizo para ambos y que los dos aportaron dinero.
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