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Tribunal Supremo, Sala 2.ª, Sentencia de 2/4/2014. Ponente: Sr. Varela Castro
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Comentario:
La Sentencia de la Audiencia se basó exclusivamente en el testimonio de la menor sin tener en cuenta otras pruebas
La AP de Almería dictó Sentencia el 3 de junio de 2013 que contiene los siguientes hechos probados: “En octubre de 2009, Micaela, de 12 años de edad, que habitualmente vivía en compañía de su madre en Sant Adriá de Besós (Barcelona), se hallaba pasando una temporada en Antas con su padre, el procesado Esteban, y con su hermano mayor, entre las 2 y las 3 horas de un día no determinado a finales de dicho mes de octubre, el procesado, hallándose bajo la influencia de la previa ingesta de bebidas alcohólicas que limitaba levemente su capacidad de autocontrol, entró en el dormitorio de Micaela, y aprovechando que dormía, le introdujo una mano debajo de la ropa acariciándole los pechos, mientras le introducía un dedo de la otra mano en la vagina. Micaela se despertó y, al percatarse de lo que hacía su padre, se lo recriminó, ante lo cual el procesado se marchó de la habitación. A consecuencia de ello, Micaela sufrió trastorno pos estrés post traumático de carácter leve, tardando en sanar 120 días.”