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El plan de parentalidad no tiene que especificar si la enseñanza será pública, privada o concertada

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AP Barcelona, Sec. 12.ª, Sentencia de 25/03/2014.-Ponente: Sra. Sambola Cabrer

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Comentario: El hijo solo tiene siete meses y el Ministerio Fiscal se opuso a la aprobación del plan de parentalidad

La Sección 12.ª de Audiencia Provincial de Barcelona en su Sentencia de 25 de marzo de 2014 ha resuelto un recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal ya que este se oponía a la aprobación de un plan de parentalidad hasta tanto no se especificara el tipo de educación publica, privada, concertada que pretendían para su hijo así como el centro escolar al que acuden, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233-9.2 CCC.

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TAGGED: Cuestiones procesales
admin 2 de enero de 2015
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