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El hijo se va con su madre a Brasil

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Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 20/10/2014. Ponente: Sr. Seijas Quintana

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Comentario: Considera el Tribunal Supremo que el interés del menor está mejor protegido atribuyendo la custodia a la madre y autoriza el cambio de residencia.

Los cónyuges contrajeron matrimonio el 26 de enero de 2008 y tiene un hijo en común, nacido en el año 2007.

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No puede denegarse la custodia compartida porque un progenitor trabaje y el otro no

No puede legitimarse la actuación de la madre que unilateralmente cambió de residencia junto con el hijo menor

TAGGED: Guarda y custodia
admin 31 de diciembre de 2014
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