El Diario delos Libros Azules de Derecho de Familia

Acceso Tienda
Al usar esta web, aceptas la Política de Privacidad y los Términos de uso.
Aceptar
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
Reading: La madre no quiere la custodia compartida, sino asistir a los hijos en el domicilio del padre cuando este se encuentre trabajando
Compartir
0

No hay productos en el carrito.

Notificaciones Mostrar más
Últimas noticias
En interés de la hija menor antes que el del padre
Destacados
La menor no puede decidir el cumplimiento o no del régimen de visitas, pero hay que tener en cuenta la existencia del conflicto mantenido en el tiempo
Audiencias Provinciales
Posibilidad de solicitar medidas cautelares en el procedimiento de liquidación de gananciales
Audiencias Provinciales
Condena en costas para la parte actora cuando se desiste de las medidas provisionales
Audiencias Provinciales
¿Es aplicable el nuevo juicio verbal de la LO 1/2025 a los juicios de Familia?
Práctica judicial
Aa
Libros azulesLibros azules
0
Aa
  • Technology
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
¿Ya tienes una cuenta? Iniciar sesión
Síguenos:
  • Advertise
Los libros azules © 2023 /Todos los derechos reservados

La madre no quiere la custodia compartida, sino asistir a los hijos en el domicilio del padre cuando este se encuentre trabajando

En el informe psicosocial se indicaba que anteponía sus sentimientos hacia su actual pareja con la que se ha ido a vivir después de abandonar el domicilio familiar.

Aunque la madre solicitó que se acordase la custodia compartida, la AP A Coruña, Sec. 3.ª, en su Sentencia de 27 de noviembre de 2015 se decantó por la custodia paterna.

La madre interpuso recurso de apelación alegando que no existe una razón objetiva que avale dicho pronunciamiento, ni causa que la inhabilite para el ejercicio de la custodia de sus hijos, que se le penaliza porque abandonó el domicilio familiar, para terminar exponiendo que el mejor régimen es la custodia compartida. En su alegato reitera su planteamiento de custodia compartida, en el sentido de que cuando el padre trabaje de mañanas, ella iría al domicilio familiar y estaría con los niños, los levantaría, les daría el desayuno y los llevaría al colegio; y cuando él esté de tardes, iría a casa para atenderlos por las tardes, darles las cenas, etcétera.

Lo que pretende la madre es, según precisa la Sentencia, seguir utilizando la vivienda familiar, con una clarísima afectación a la vida íntima de su exmarido, tanto en el aspecto personal como sentimental. Será una actitud muy voluntariosa, incluso práctica, pero no es una custodia compartida.

En ningún momento se reprocha a la madre, sigue indicando la Sentencia, que haya iniciado una nueva vida en pareja, o que se haya marchado del domicilio familiar. Ni mucho menos se le inhabilita para el ejercicio de la custodia de sus hijos. El informe psicosocial y lo manifestado por las partes conduce a que sea don Cesáreo quien ostente la guarda y custodia de los hijos comunes. Es más, doña Dulce en ningún momento plantea que tenga en estos momentos una capacidad real de asumir la guarda y custodia exclusiva de los menores, más allá de las pocas horas por la mañana o por la tarde que plantea como posibilidad mientras no trabaje. Se ha marchado del domicilio familiar, residiendo en una vivienda de su actual pareja, precisando ayuda económica cuando se lleva a los niños para que les dé de comer, y no pareciendo que cumpla de forma entusiasta con el régimen de visitas. Lo que pretende es «su» régimen de guarda y custodia (cubrir los turnos de su exmarido, y en la casa de éste), pero no una guarda y custodia compartida auténtica, o una guarda y custodia en exclusiva. Es por ello que tanto en el informe psicosocial como en la sentencia se recoge la dura expresión de que antepone sus sentimientos hacia su actual pareja o sus propios intereses antes que los de los niños.

También te puede interesar

La AEAFA pide al Ministro de Justicia la suspensión de la LO 1/2025 a los procesos de Familia

El Tribunal Constitucional ampara a una madre que unilateralmente cambió de residencia de Vitoria-Gasteiz a A Coruña

Los Jueces de Familia de Madrid interpretan la LO 1/2025

Custodia para el padre aunque fue condenado por violencia de género

Se deniega la indemnización que solicitaba una madre tras ser privada por la Administración de la tutela de su hijo durante más de 2 años

TAGGED: compartida, Guarda y custodia
admin 29 de marzo de 2016
Compartir este artículo
Facebook Twitter Email Print
Artículo anterior Condenada la madre por un delito de sustracción de menores por llevarse al hijo que estaba bajo la custodia del padre
Next Article El padre interpuso una demanda de desahucio frente a la hija mayor de edad
Nuevo libro

Próxima aparición


Newsletter

Suscríbete para recibir los Newsletters blue de Los Libros Azules de Derecho de Familia

Gracias por suscribirte!

Términos y condiciones | Política de Privacidad y Cookies | Aviso legal

Los libros azules © 2025 / Todos los derechos reservados

Removed from reading list

Undo
Welcome Back!

Sign in to your account

Lost your password?