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El Tribunal Supremo matiza su doctrina sobre la recogida y entrega de los hijos cuando los padres residen en distintas ciudades

El domicilio de la madre y del menor siempre han estado en Madrid, por lo que para el cumplimiento del régimen de visitas el padre -que reside en Granada- será el encargado de recoger y entregar al menor en el domicilio materno. No obstante, se tienen en cuenta estos gastos de desplazamiento para fijar la cuantía de la pensión alimenticia que tiene que abonar el padre.

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TAGGED: Régimen de visitas
admin 25 de octubre de 2016
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