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A pesar de recibir una herencia se mantiene la pensión compensatoria

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Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 3/10/2011. Ponente: Sr. Xiol Ríos

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Comentario: Para valorar si la herencia recibida por la ex esposa es causa de modificación o extinción de la pensión compensatoria habrá que tener en consideración su entidad en el plano económico, la disponibilidad sobre los bienes que la integran y la posibilidad de rentabilizarlos. En el presente caso la mayoría de bienes están siendo usufructuados por la madre de la ex esposa, por lo que no concurre causa de modificación.

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TAGGED: Pensión compensatoria
admin 4 de enero de 2013
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