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Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 30/10/2012. Ponente: Sr. Seijas
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Comentario: La esposa puede tener derecho a alimentos desde la fecha de interposición de la demanda hasta que se dicta la sentencia en la que se fijó pensión compensatoria, por lo que no habiéndose pronunciado la Sentencia sobre este particular se devuelven las actuaciones a la Sala para que se pronuncie sobre ello.
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