El Diario delos Libros Azules de Derecho de Familia

Acceso Tienda
Al usar esta web, aceptas la Política de Privacidad y los Términos de uso.
Aceptar
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
Reading: Debe instaurarse la custodia compartida y no la custodia materna con un amplio régimen de visitas
Compartir
0

No hay productos en el carrito.

Notificaciones Mostrar más
Últimas noticias
La emancipación no es para “quitarse de encima” a un progenitor
Estudios
¿Puede una pareja de hecho liquidar sus bienes en el convenio regulador de medidas paternofiliales?
Práctica judicial
La mención en la demanda a que el padre es consumidor de droga no vulnera el derecho al honor
Tribunal Supremo
“Renuncio a la casa en favor de mi esposa”
Tribunal Supremo
Revocación de la donación por ingratitud
Tribunal Supremo
Aa
Libros azulesLibros azules
0
Aa
  • Technology
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
¿Ya tienes una cuenta? Iniciar sesión
Síguenos:
  • Advertise
Los libros azules © 2023 /Todos los derechos reservados

Debe instaurarse la custodia compartida y no la custodia materna con un amplio régimen de visitas

[box style=»0″]

Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 2/07/2014. Ponente: Sr. Seijas Quintana

[/box]

Comentario: En una reciente Sentencia, el Tribunal Supremo vuelve a abordar el tema de la custodia reiterando que la custodia compartida es el modelo más adecuado para el caso que analiza.

Tanto el juzgado de 1.ª Instancia como la Audiencia Provincial de Palencia entendieron que procedía la custodia materna, si bien se fijaba un amplío régimen de visitas: Podrá comunicar con sus hijos por cualquier medio telefónico, telegráfico, informático o epistolar sin limitación alguna el siguiente régimen de visitas: fines de semanas alternos, de suerte que los hijos pasen con este progenitor, del jueves desde la salida del colegio hasta el lunes a la entrada al colegio. se establece también a su favor una comunicación intersemanal consistente en las tardes de los martes y jueves, desde la salida del colegio hasta las 20 horas en horario de invierno (de Octubre a Marzo) y hasta las 21:30 horas en horario de verano (de Abril a Septiembre). En las semanas que a D. Cipriano le corresponda el fin de semana, mantendrá la comunicación intersemanal del martes con el mismo horario, pero por lo que respecta al jueves, tendrá a los niños desde la salida de colegio hasta el lunes a la entrada del colegio. La vacaciones serán por mitad.

Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.

También te puede interesar

La mención en la demanda a que el padre es consumidor de droga no vulnera el derecho al honor

“Renuncio a la casa en favor de mi esposa”

Revocación de la donación por ingratitud

Con unos ingresos de 600 euros al mes, un hijo no es independiente

El régimen de visitas puede desarrollarse en Italia, país natal del padre

TAGGED: Guarda y custodia, Régimen de visitas
admin 31 de diciembre de 2014
Compartir este artículo
Facebook Twitter Email Print
Artículo anterior Que el hijo pueda acceder a una ayuda pública no es motivo para extinguir la pensión alimenticia
Next Article El maltrato psíquico es causa de desheredación
Nuevo libro

Próxima aparición


Newsletter

Suscríbete para recibir los Newsletters blue de Los Libros Azules de Derecho de Familia

Gracias por suscribirte!

Términos y condiciones | Política de Privacidad y Cookies | Aviso legal

Los libros azules © 2025 / Todos los derechos reservados

Removed from reading list

Undo
Welcome Back!

Sign in to your account

Lost your password?