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El padre no justifica qué hizo con el dinero que tenía en el banco

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Al no acreditar sus ingresos ni que hizo con el millón de euros que tenía en una cuenta bancaria en el año 2009, no se accede a la petición de rebajar la pensión al mínimo vital.

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En el momento del divorcio, las relaciones familiares derivadas de la ruptura de la convivencia matrimonial quedaron concretadas del siguiente modo: la madre fue encargada de la guarda y custodia de los dos hijos; la pensión de alimentos se fijó en 1.000 euros/mes por hijo; fue establecida asignación compensatoria a favor de la madre por importe de 600 euros/mes; el uso de la vivienda familiar quedó a favor de la madre e hijos; y el pago del préstamo hipotecario que gravaba la vivienda lo afrontaría el padre.

El padre presentó demanda de modificación de las medidas definitivas alegando la ausencia de ingresos y se dictó sentencia fijando la pensión por alimentos de los hijos en 300 euros/mes por cada hijo; la asignación compensatoria a favor de la madre, de 300 euros/mes; continuarán en el uso de la vivienda habitual la madre e hijos hasta el día 31 de diciembre de 2017; y el pago del préstamo hipotecario que sigue gravando la vivienda familiar lo harán por mitades ambos progenitores.

El padre interpuso recurso de casación para que se redujese aún más la pensión alimenticia, pero el Tribunal de Justicia de Aragón, en su Sentencia de 11 de junio de 2014, desestimó el recurso ya que no concretó cuáles sean los rendimientos concretos de las inversiones con que cuenta en la actualidad, y tampoco aportó datos concretos sobre sus posibles ingresos actuales, derivados de las inversiones que tiene o puede tener a pesar de haber disminuido su patrimonio por sucesivas pérdidas.

El padre alegaba que sólo percibía como ingreso la cantidad de 426 euros mensuales, pero no dio razón ni explicación del destino que dio a las transferencias y extracciones de metálico, especialmente de las que fueron más próximas al día 2 de enero de 2013, en que se presentó la demanda de modificación de medidas rectora de este procedimiento. Sumas que son de elevado importe en no pocos casos como sucede, por ejemplo, con los abonos de 26.920 euros, 7.630,68 euros ó 9.065,31 euros del mes de febrero de 2012, o la retirada en efectivo de 30.000 y 11.850 euros efectuada en marzo de 2012, que dejó el saldo de la cuenta de «Banca Civica» en 19,91 euros.

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TAGGED: Pensión alimenticia
admin 29 de diciembre de 2014
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