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Durante esa separación de hecho los cónyuges adoptan una serie de medidas que afectan a sus hijos y a su situación económica sin ser conscientes de la importancia que las mismas tendrán cuando, en un futuro, decidan regularizar legalmente su separación o divorcio.
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Carmen Varela Álvarez.
Abogada. Bufete Guerrero – Circulo Legal – Barcelona
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La crisis económica está provocando un incremento de las parejas que se separan de hecho sin suscribir ningún convenio de cese de la convivencia pues, de este modo, se “evitan” tener que acudir a un abogado.
Sin embargo, durante esa separación de hecho los cónyuges adoptan una serie de medidas que afectan a sus hijos y a su situación económica sin ser conscientes de la importancia que las mismas tendrán cuando, en un futuro, decidan regularizar legalmente su separación o divorcio. A modo de ejemplo cabe citar un supuesto muy habitual: el progenitor no custodio que se va del domicilio conyugal pero ingresa mensualmente una cantidad para atender a la manutención de los hijos comunes. Como desconoce la forma correcta de efectuar el cálculo de esa pensión alimenticia, ingresa una cantidad que es muy superior a la que correspondería legalmente sin ser consciente que, con su pago, está reconociendo un “status quo” que después será difícil modificar en un procedimiento contencioso. Lo mismo sucede con la guarda y custodia, con el régimen de visitas o con la atribución del uso del domicilio conyugal: al renunciar a ellos durante unos meses, difícilmente después podrá exigir la custodia o el uso del domicilio conyugal pues la otra parte argumentará ( y con elevadas probabilidades de que le den la razón) que si se fue del mismo es porque no lo necesitaba y que, además, “reconoció implícitamente” que el cónyuge que se había quedado con los niños era el mas apto para la custodia.
Por tanto, es importante saber que la forma en la que los cónyuges regulen su separación de hecho es de gran importancia para su futuro pues establecerá un precedente que, difícilmente, será ignorado por un juez.
Por ello es recomendable que, aunque no tengan claro si en un futuro inmediato se divorciaran o no, suscriban un convenio de cese temporal de la convivencia al objeto de regular su separación de hecho y evitar las consecuencias negativas que la misma pueda tener para su posterior divorcio.