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La liquidación de gananciales no es causa para extinguir la pensión compensatoria, pero sí para reducirla

La Audiencia Provincial consideró que la pensión compensatoria debía extinguirse basándose en dos hechos: los bienes adjudicados a la exesposa en la liquidación de la sociedad de gananciales y el hecho de que esta percibe una pensión de jubilación.

Sin embargo, esta argumentación es aceptada por el Tribunal Supremo que casó la Sentencia de la Audiencia y acordó mantener la pensión compensatoria, si bien, en atención a las circunstancias concurrentes, consideró ajustado a derecho reducir su importe.

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TAGGED: Pensión compensatoria
admin 30 de diciembre de 2024
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