La madre interpuso demanda de medidas paterno filiales contra el padre, en la que solicitaba la custodia materna, la no fijación por ahora de un régimen de visitas dado el nulo interés del padre por relacionarse con la hija, y la fijación de una pensión alimenticia de 400 euros mensuales además de la mitad de los gastos extraordinarios.
No habiendo comparecido en las actuaciones el demandado fue declarado en situación de rebeldía procesal
El Juzgado de Primera Instancia n.º 85 de Madrid dictó sentencia atribuyendo la custodia a la madre, no fijando régimen de visitas, y en relación con la pensión alimenticia resolvió dejar en suspenso la contribución del padre a los alimentos de la hija.
En grado de apelación, la sección 22.ª de la Audiencia Provincial de Madrid dictó sentencia el 10 de enero de 2023, revocando la sentencia del juzgado y fijando a cargo del padre y con efectos desde la fecha de la presentación de la demanda, una contribución de alimentos en favor de la hija común y a cargo del padre consistente en el 10 % de los ingresos que se acrediten como percibidos por éste.