Ambos progenitores tienen el derecho-deber de estar y cuidar a la menor con independencia que una de ellas trabaje y la otra no. Que la madre tenga que hacer guardias nocturnas no es motivo para denegar una compartida cuando en absoluto se ha probado que la menor pueda haber quedado desatendida, sin perjuicio que ocasionalmente pueda necesitar el apoyo familiar o de terceras personas.
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