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No hay compensatoria, se presume que la esposa percibe ingresos

La esposa contrajo matrimonio cuando ya contaba con 37 años de edad y antes y después de la celebración del matrimonio, trabajaba como traductora. La Juez de instancia, además, indica que es más que probable que perciba ingresos cuya procedencia se ignora y así lo demuestra el hecho de que no asistiera al acto de la vista celebrada en el Juzgado por encontrarse ella en Londres, sin que conste la fecha de su regreso. Por todo ello, si resultase que, en la actualidad, la esposa se encontrase en situación de paro y sin encontrar trabajo, tal circunstancia no sería provocada como consecuencia de los efectos del divorcio dado que no le ha supuesto un empeoramiento en relación a su situación anterior.

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TAGGED: Pensión compensatoria
admin 8 de abril de 2020
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