Se declara la nulidad de la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial dado que la hija no ha sido oída y escuchada en un procedimiento donde se decide su custodia, a pesar de que cuando se dicta la sentencia de segunda instancia ya tenía trece años. El tribunal de apelación tampoco ha justificado el motivo por el que no pudiera realizarse la audiencia ni ha mencionado que fuera perjudicial para la menor. Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.
