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La estabilidad que el menor de cuatro años tiene con la madre no es motivo para denegar la custodia compartida

Sin un solo motivo que justifique la medida, se ha privado al menor de compaginar la custodia entre ambos progenitores, y lo que es más grave, la sentencia recurrida petrifica la situación del menor, de casi cuatro años de edad en estos momentos, con el único argumento de la estabilidad que tiene bajo la custodia exclusiva de su madre, sin razonar al tiempo sobre cuál sería la edad adecuada para adoptar este régimen ni ponderar el irreversible efecto que el transcurso del tiempo va a originar la consolidación de la rutina que impone la custodia exclusiva, cuando se está a tiempo de evitarlo, puesto que va a hacer prácticamente inviable cualquier cambio posterior.

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TAGGED: Guarda y custodia
admin 4 de febrero de 2018
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