Tras constatarse mediante informes médicos que los encuentros en el Punto de Encuentro Familiar provocaban un grave sufrimiento psíquico y emocional en el niño, llegando este a manifestar deseos de autolesionarse, se deja sin efecto la ejecución despachada. Aunque la madre no utilizó el cauce legal adecuado para modificar las medidas, su actitud se considera protectora ante un riesgo real y acreditado para la salud del hijo. Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.
