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La condena al padre por una falta de lesiones contra el compañero sentimental de la madre no es motivo para denegar la custodia compartida

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TSJ de Aragón, Sentencia de 18/7/2013. Ponente: Sr. Martínez Lasierra

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Comentario: El TSJ de Aragón confirmó la Sentencia del Juzgado que sí acordó la custodia compartida. El padre tuvo que presentar una demanda de reclamación de paternidad para que se reconociese la filiación paterna de la menor que tenía seis años en el momento en que se resolvió el recurso de casación por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

En el procedimiento de filiación se llegó a un acuerdo sobre la guarda y custodia, régimen de visitas y alimentos para la hija común.

Inicialmente se estableció un sistema progresivo en el régimen de visitas del padre con su hija, que quedaría normalizado a partir de los dos años y medio de la niña. Tras un nuevo procedimiento promovido por el padre para la ampliación del régimen de visitas, por sentencia de 13 de abril de 2010 quedó ampliado el de las vacaciones escolares.

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Es la madre la que debe justificar por qué las visitas con el padre y con pernocta pueden ser perjudiciales para la hija

TAGGED: compartida
admin 3 de enero de 2014
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