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Opinión

El artículo 154 de nuestro Código Civil

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Corrijamos cuando sea necesario a nuestros hijos, sin agresión (¿Cómo van a aprender que es malo si lo hace papá?) pero con autoridad, con firmeza, con dedicación, sin excusas baratas, no les dejemos crecer al azar cobijándonos en retóricas.

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Ana Kowalski Bianchi.

Doctora en derecho, abogada y profesora de la Universidad de Vigo.

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Una consulta cada vez mas habitual en el despacho es la de aquellos padres y madres que se rinden y piden ayuda a “la ley” para controlar a sus hijos.

Otra, las personas de alrededor de 30 años que acuden, indignadas, porque sus padres, o su tía, o los coherederos de la vivienda en la que habitan se atreven a decirles que se van a tener que ir.  ¿Cómo es posible? Ellos que llevan viviendo ahí toda la vida. !Necesariamente tienen que tener un derecho adquirido!

Y de repente mi respuesta, inadmisible, sorprendente, insospechada: “es que ellos no tienen que mantenerte”.

No puedo mas que contemplar en estos últimos supuestos el desarrollo inevitable de los primeros.

¿En qué momento aciago se dejó la responsabilidad del cuidado y la sanción a los hijos a la ley? Entiendo que aquel “corregir moderadamente a los hijos” podía haberse reinterpretado sin abolirlo, podía haberse limitado, haberse recogido de modo tasado, pero cuando se sustituyó por “los padres podrán recabar el auxilio judicial” perdieron el control y, los que no son capaces de interpretar por si mismos el espíritu de la norma a su modo, o los que temen hacerlo, dejaron de corregir.

No, no creo que sea esta la única razón de ese tipo de personalidad déspota que hemos creado.  Ni está entre las más importantes, éste sólo es el grano de arena jurídico. Son en realidad muchas otras las razones: falta de tiempo, falta de ganas, egoísmo, ego a secas, trabajo 20 horas al día para poder comer, ignorancia… Pero todos sabemos el impacto que aquella sentencia que castigó a una madre por pegar una colleja a su hijo provocó en mucha gente temerosa de la respuesta de ley. Cuando vieron que la castigaban y sobre todo, que la alejaban de su hijo por una eternidad, ese grano de arena se hizo montaña. El detonante fue el cambio de la norma, el momento en que los jueces empezaron a aplicarla, el instante en que los periódicos lo contaron.

Si bien hay muchos otros motivos que generan hijos asalvajados que se creen acreedores de todos los derechos y ninguna obligación, también hay una importante responsabilidad  jurídica. No hay nada peor que el buenismo mal entendido y mal aplicado, o más aún: el buenismo que simplemente pretende quedar bien.

Un enorme error… y ahora modifiquemos la ley del menor, para castigar más a esos pequeños monstruos creados por una sociedad que les ha dado todo. ¿Ellos tienen la culpa? hay casos en que sí… pero sabemos que esta frase tiene otra subordinada.

Así que corrijamos cuando sea necesario a nuestros hijos, sin agresión (¿Cómo van a aprender que es malo si lo hace papá?) pero con autoridad, con firmeza, con dedicación, sin excusas baratas, no les dejemos crecer al azar cobijándonos en retóricas. Si no, los veré en mi despacho, a los treinta, a los cuarenta, indignados porque su madre viuda ahora pretende no aguantar mas sus gritos y exigencias.

!Hasta ahí podíamos llegar!.

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TAGGED: Patria potestad
admin 22 de diciembre de 2014
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