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Existe justa causa para no fijar visitas con los abuelos paternos.

No pueden relativizarse las relaciones existentes entre los dos grupos de adultos teniéndose en cuenta no solo unas reiteradas denuncias, condenas, alejamientos, etc., sino por la absoluta desvinculación familiar durante un periodo considerable de tiempo (la mayor desde los cuatro años; la pequeña no les conoce) y, especialmente, por el riesgo que para las niñas va a suponer estas las vistas, por muy restrictivas que sean, y por la evidente influencia sobre las nietas de animadversión hacia la persona de sus padres, que la sentencia deduce de comportamiento tan anómalo y reprochable de los abuelos con su hijo y nuera.

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TAGGED: Régimen de visitas
admin 17 de octubre de 2018
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